Hola a todos. Tengo una trabajadora que hace unas semanas cometió una FALTA GRAVE y se le sancionó con una amonestación por escrito. Ahora ha cometido otra falta (negligencia, abuso de confianza en los trabajos encargados...) y el convenio SÓLO lo cataloga como FALTA MUY GRAVE. Yo lo veo como falta, pero no como MUY grave, lo veo sólo GRAVE pero eso no está regulado entre el listado de faltas graves. Mi intención era sancionar dos faltas GRAVES y luego hacerle una MUY GRAVE por acumulación. Mi pregunta es ¿Puedo rebajar una falta MUY GRAVE y catalogarla como GRAVE?, lo digo porque luego no puedo acumular una grave con una muy grave, ¿o si?. Se que diréis, si el convenio lo cataloga como MUY GRAVE procede al despido, pero es que yo no veo empaque en la falta para MUY GRAVE y temo que en el juzgado nos machaquen, aunque si que veo que podría ser GRAVE. Vosotros como lo veis.