despido por causas objetivas

alejop

Nuevo miembro
Algún compañero me puede solucionar la sigueinte duda,
Tras un ERE tenemos que despedir a tres trabajadores , la situación es delicada , mi duda es en el caso
de no aceptar el 60 % de la indemnización el trabajador , se puede despositar en los juzgados.

Es decir , pueden cobrar el incumplimiento del preaviso, de los 30 días ,  la nomina ,el finiquito poner no conforme y llevarse los cheques , y dejar la indeminización.

Y que es mejor consignarla en Juzgado especificando el importe , ingresarla en la cuenta del trabajador o esperar , gracias 
 

FERNANDO

Miembro conocido
Lo mejor es dar la carta e ingresar, el mismo día, la indemnización en la cuenta del trabajador. No en el juzgado.
 
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