despido por enfermedad

elchuske

Miembro conocido
Esto no me queda claro. Art 52.d ET .
Motivo de despido por faltas al trabajo. 20% de las jornadas hábiles en dos meses . Eso esta claro.
sigue. siempre que el total de las faltas de asistencia en los doce meses anteriores ....... etc.
anteriores a que??? Donde empieza a contar los meses anteriores.
ejemplo. Trabajador que ha faltado 30 dias en dos meses. Supongamos que sea Enero y Febrero .
Empieza a contar los mese anteriores desde diciembre del año anterior??? o se tiene en cuenta esta baja  para el computo ??
sigue. o el 25% en cuatro meses discontinuos .....  lo mismo , se tiene en cuenta esta baja de enero/febrero??
Como lo interpretáis??
 

Nando_bcn

Miembro conocido
En primer lugar, el cómputo de los dos meses consecutivos (en el que deben existir al menos dis ausencias de las computables y que supongan, al menos, un 20% de las jornadas hábiles), se cuentan de fecha a fecha (no necesariamente dos meses naturales).
Así, ese periodo de dos meses consecutivos se iniciará con la fecha en que se inicia la primera de las ausencias consideradas (por ej, si la primera ausencia es del 14 de enero, el periodo considerado será el comprendido entre el 14 de enero y el 13 de marzo, y dentro de ese periodo han de darse, al menos, dos ausencias distintas y de las que cumplan los requisitos para que computen y que entre ellas sumen al menos el 20% de la jornadas hábiles dentro de ese periodo).

Respecto a los doce meses anteriores (para el 5% de absentismo computable a estos efectos), serán los 12 meses previos al inicio de la primera de las ausencias conisderadas.
Así, en el ejemplo que incicaba (1ª ausencia con fecha de inicio 14 de enero), sería el periodo comprendido entre el 14 de enero del año anterior y el 13 de enero del presente año.

En la opción de los 4 meses discontinuos dentro de un periodo de referencia de 12 meses (25% de absentismo en 4 de ellos, aunque no sean consecutivos), lo mismo, el periodo a considerar se iniciará con la fecha de inicio de la primera ausencia considerada y también contando de fecha a fecha.

Saludos
 

elchuske

Miembro conocido
pufff. Bueno a ver. Trabajador que se da de baja el 26/1 y sigue de baja.
las anteriores ausencias fueron en abril 5 días de los cuales 3 laborables y en diciembre 11 días de los cuales 8 laborables.

Entiendo que no se le puede despedir. Todavía no tiene DOS ausencias dentro de los dos meses. Aunque si el 5% dentro de los 12 meses anteriores aunque por los pelos. ( convenio 1752 horas año )

Seria correcto¿¿
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Hombre tienes una de diciembre y otra (distinta) iniciada en enero (dentro del periodo de dos meses consecutivos).
Y, por lo que parece, hay alguna otra en los 12 meses anteriores.
Haz cálculos
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Bueno, me refería a que tenias dos ausencias en meses consecutivos, aunque si la actual se inicio el 25 de enero y si , como dices, sigue aún de baja, ya excede del límite de los 20 días. No computaría (y tampoco se va a dar otra dentro del periodo de referencia de dos meses iniciado con la de diciembre).
Temo que has de hacer borrón y cuanta nueva.
algunos ya procuran tener bajas que superes lo 20 días, aunque sea una gripe.

Saludos
 

elchuske

Miembro conocido
Se me había pasado la baja de diciembre. Pero bueno tampoco;  cumple la de dos bajas en dos meses pero no la del 5% en los anteriores ya que solo fueron 3 días laborales.
Pero ya me ha quedado claro . gracias
 

elchuske

Miembro conocido
La picaresca ya no tiene limites. Efectivamente hay dos trabajadores que sus bajas siempre son de mas de 20 días y siempre el mes siguiente al que cobran los incentivos.
Siempre están al limite para no pillarles. Unos maquinas.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Lo sé, lo sé, los hay auténticos profesionales (e imagino que con la total colaboración, consicente o no, del facultativo del servició público de salud).
Al final pagan justos por pecadores, pero algunos el tema de la norma y los cálculos los tienen muy bien controlados. Ya procuran  no sobrepasar ciertos umbrales y , cuando aparentemente parece que los van a superar, ya sé de antemano que esa última baja (aunque, repito, a priori parezca tratarse de una simple gripe) va a prolongarse por más de 20 días, sea como sea (recuerdo un caso en que prolongó la baja, que objetivamente no podía tener una duracion tan larga, porque "se lastimó un dedo". En teoría debería tratarse de una nueva baja, y así no superar los 20 días, pero nada, em médico se negó dar una nueva baja).

Saludos.
 
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