Buenas tardes,
Sentencia que da la opción a la empresa que en un plazo de 5 días a partir de la notificación de dicha Sentencia notifique mediante escrito o comparecencia ante la secretaría del Juzgado la opción de readmitir o indemnizar por un despido reconocido como improcedente... duda:
Si hace algo la empresa ( indemnizar o readmitir ) está claro, el juzgado nos lo notificará y ya está, pero y si no hace nada? ej juez directamente extingue contrato?? he de poner al sexto día un incidente de no readmisión? lo he de poner ya por si acaso ? no he de hacer nada y esperar a que se pronuncie el juez?
Graciass!
Sentencia que da la opción a la empresa que en un plazo de 5 días a partir de la notificación de dicha Sentencia notifique mediante escrito o comparecencia ante la secretaría del Juzgado la opción de readmitir o indemnizar por un despido reconocido como improcedente... duda:
Si hace algo la empresa ( indemnizar o readmitir ) está claro, el juzgado nos lo notificará y ya está, pero y si no hace nada? ej juez directamente extingue contrato?? he de poner al sexto día un incidente de no readmisión? lo he de poner ya por si acaso ? no he de hacer nada y esperar a que se pronuncie el juez?
Graciass!