Buenos días,
Una empresa tiene un trabajador con un contrato temporal por obra o servicio determinado, que el pasado 31/01/2021 cumplió 3 años con el citado contrato. La empresa reconoce que el contrato es en fraude de ley, que es indefinido a todos los efectos y van a despedir al trabajador reconociendo la improcedencia en SMAC.
Tiene alguna importancia que se despida manteniendo el contrato temporal o es conveniente transformarlo en indefinido y despedirlo posteriormente?
Una empresa tiene un trabajador con un contrato temporal por obra o servicio determinado, que el pasado 31/01/2021 cumplió 3 años con el citado contrato. La empresa reconoce que el contrato es en fraude de ley, que es indefinido a todos los efectos y van a despedir al trabajador reconociendo la improcedencia en SMAC.
Tiene alguna importancia que se despida manteniendo el contrato temporal o es conveniente transformarlo en indefinido y despedirlo posteriormente?