Buenas tardes,
En un despido al cabo de 9 meses de un ERE de reducción de jornada, tengo claro, que para la indemnización hay que tener en cuenta el salario que venía cobrando antes de dicha reducción, pero ¿ Dónde está regulado esto exactamente? ¿ Alguien me lo puedo decir? Porque no hago más que mirar en toda la legislación al respecto (estatuto de los trabajadores art. 47, RD 1483/2012...etc.) y no hay manera de encontrarlo.
Gracias.
En un despido al cabo de 9 meses de un ERE de reducción de jornada, tengo claro, que para la indemnización hay que tener en cuenta el salario que venía cobrando antes de dicha reducción, pero ¿ Dónde está regulado esto exactamente? ¿ Alguien me lo puedo decir? Porque no hago más que mirar en toda la legislación al respecto (estatuto de los trabajadores art. 47, RD 1483/2012...etc.) y no hay manera de encontrarlo.
Gracias.