Despido tras un ERE de reducción de Jornada

ManuelSM2

Miembro
Buenas tardes,
En un despido al cabo de 9 meses de un ERE de reducción de jornada, tengo claro, que para la indemnización hay que tener en cuenta el salario que venía cobrando antes de dicha reducción, pero ¿ Dónde está regulado esto exactamente? ¿ Alguien me lo puedo decir? Porque no hago más que mirar en toda la legislación al respecto (estatuto de los trabajadores art. 47, RD 1483/2012...etc.) y no hay manera de encontrarlo.

Gracias.
 

ManuelSM2

Miembro
Me respondo a mí mismo. Por si a alguien le interesa, he encontrado esta sentencia al respecto.

http://portaljuridico.lexnova.es/jurisprudencia/JURIDICO/151618/sentencia-tsj-extremadura-376-2012-de-12-de-julio-despido-trabajador-con-jornada-reducida-cal
 
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