Despido unica mujer en plantilla

josgalan

Miembro
Buenas,

Me ha venido el siguiente caso:

Empresa con 7 trabajadores, donde 6 son hombres y 1 sola mujer. Que es la administrativa junto a otro compañero. Los dos tienen la misma antigüedad, categoría y jornada, media jornada rotativa. Los dos contratos son indefinidos.

Ahora la empresa quiere despedir a la mujer, porque a mi entender, el empresario es un machista de cuidado. Este trabajador nunca a dado problemas, y ha desempeñado sus funciones de forma correcta. La carta es por bajo rendimiento, porque ha cambiado cosas en la forma de realizar el trabajo, pero en ningún momento hay constancia de que se le haya dado cursos de formación o de que se le haya informado de las nuevas formas de actuar.

Podría ir por nulidad de despido, alegando discriminación por razones de sexo. A mi me da que sí, pero me gustaría que me ayudarais un poco.

Gracias.
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, para que pueda prosperar la nulidad, debe haber algún indicio más que el hecho de que es despida a la única mujer (testigos de trabajadores hablando del machismo del empresario, por ejemplo). Si hay dichos indicios, sería el empresario el que debiera probar que el despido no se realiza por motivos discriminatorios /lo que sería difícil, si no hay razón objetiva que avale dicho despido).
 

josgalan

Miembro
Según mí cliente, se le esta realizando un vacío de funciones, todo lo realiza el compañero, a ella no se le informa absolutamente de nada y tampoco se le encarga trabajos. Además tiene grabaciones donde el empresario le dice que no le mande correos informándole de los distintos temas. Además hay testigos donde pueden corroborar de los temas que ella se encargaba y ahora ya no.
 

fundación

Miembro conocido
Ay, la palabra "machismo", es un cajón de sastre muchas veces.

A ver... hablamos de 2 trabajadores en puestos de trabajo similares, los otros 5 no los mezcles, porque no son administrativos y harán sus funciones en la empresa, distintas. Por tanto, que le haya tocado a ella, tenía un 50% de posibilidades... y la discriminación positiva, afortunadamente, no es obligatoria en las empresas (todavía): que en caso de duda tuviera que echar al hombre.

Lo que puedes hacer es enfocarlo desde el mobbing: aislamiento de la trabajadora, quitarla responsabilidades, falta de ocupación efectiva de la trabajadora, si hubiera menosprecios, etc... recopilando indicios, testimonios, grabando...
 

Mr. White

Miembro activo
De acuerdo con Fundación.

Incluso puede pedir la nulidad, y subsidiariamente la improcedencia, y además acumular una reclamación de cantidad por los daños y perjuicios ocasionados por esas situaciones.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Bueno, ya, pero si la despide improcedentemente, ya no hay ocasión de pedir extinción indemizada, sino, solamente, nulidad y, subsidiariamente, improcedencia.
 

Mr. White

Miembro activo
Si pides nulidad, y subsidiriamente la improcedencia, nada impide que acumules en la misma demanda el despido y una reclamación de cantidad en concepto de indemnización por haber sufrido lesión de derechos fundamentales o discriminación (art.184LRJS).
 

josgalan

Miembro
Buenas,

Ante todo gracias por las respuestas, parece ser que el tema derivara en una denuncia por mobbing, ya que tengo grabaciones donde se menosprecia al trabajador y se confirma por parte del empresario que no tiene funciones, que ya se las dará. A ver como acaba el asunto, la trabajadora esta muy agobiada y en tratamiento psicologico por cuadro de ansiedad grave.

Es triste que para despedir a una persona lleguen hasta este punto.
 

Mr. White

Miembro activo
¿Son conversaciones entre trabajadora y empresario? Porque si son entre empresario y un tercero, son ilegales. Debe aparecer ella en ellas para que sean válidas.
 
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