DESPIDO

Clo

Nuevo miembro
UNA EMPRESA VA FATAL.
UN TRABAJADOR NO COBRA DESDE NOVIEMBRE
AHORA ESTÁ DE VACACIONES Y SE HA ENTERADO (SE LO HA DICHO LA ASESORÍA), QUE FUE DESPEDIDA EN ENERO (NO SABEMOS CUÁNDO).
ELLA NO TIENE NINGUNA COMUNICACIÓN NI NINGÚN DOCUMENTO PARA SOLICITAR PRESTACIÓN POR DESEMPLEO.
SOY NOVATA EN ESTE TERRENO.
ENTIENDO QUE TENGO QUE PRESENTAR POR UN LADO RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. Y SUPONGO Q EN EL MISMO ACTO DEBERÍA DE RECLAMAR POR DESPIDO? QUÉ PLAZO TENGO EN CUENTA PARA QUE NO ME PASEN LOS 20 DÍAS?
GRACIAS Y SALUDOS,
 

fundación

Miembro conocido
¿Pero existe comunicación por escrito al trabajador de ese despido, se ha intentado hacer por burofax u otro medio o simplemente no se han cumplido los requisitos exigidos?
 

FERNANDO

Miembro conocido
Uy Clo. Vamos a ver, que interponga demanda inmediatamente, la empresa tiene que demostrar cuando la despidió. El ha reclamado cuando se ha dado cuenta. El plazo de caducidad empieza cuando el trabajador conoce que ha sido despedido. No antes.

Acumular despido y cantidad? Noooooooooooooooo, eso nooooo. Juicios diferentes.
 

Raquel GR

Miembro activo
Fernando dice: UY, y yo digo: madre mia!

Manda burofax a la empresa, contando que con fecha tal por medio de la asesoría te han dicho que está despedido/a desde enero, sin que le hayan informado de nada más,que se supone estaba de vacaciones y que ruegas confirmen si eso es cierto y que te envien la documentación necesaria en caso de ser cierto para solicitar la prestación de desempleo, eso no quita que tu puedas reclamar el despido, como mínimo por falta de forma es improcedente)

Llama a TGSS pide vida laboral, y tu cliente que vaya a TGSS a ver que le pueden dar de su baja en la empresa.

Como te dice Fernando, pon demanda por despido, el plazo empieza a contar desde el conocimiento del despido por parte de tu cliente (tendrás que demostrarlo, de ahí el burofax).

Ve al INEM (bueno tu cliente), solicita prestación, di que no te dan la documentación, el INEM requerirá documentación a la empresa. (también puedes ir a la inspección y decir que la empresa no te ha dado la documentación necesaria para pedir la prestación, pero desde el INEM, se lo requerirán a la empresa)

En el caso de que encima la baja sea voluntaria, tu cliente podrá solicitar la prestación provisionalmente justifando que lo ha reclamado, o sea con la demanda de despido, y luego ya según salga pues... devolverá o seguirá cobrando.

En este caso la reclamación de cantidad es lo de menos, tienes más plazo. Preocupate del despido primero.
 
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