Despido

Alfonso

Nuevo miembro
Buenas tardes:
Hemos despedido a una trabajadora ecuatoriana que trabajaba con nosotros desde el 2000, según extranjería ella tiene permiso de trabajo desde el 2000 y permanente desde el 2005, su expediente viene de una asesoria anterior y nosotros no tenemos copia de estos permisos. Ella en la demanda dice que no se le entregó la carta de despido porque no tiene autorización para trabajar. Además, no quiso firmar la carta, firmandola dos testigos, enviándosela por burofax que no quiso recoger.
Cual es vuestra opinión sobre esta situación?
Gracias
 
A

ALFIL

Guest
:-\ No se debió contratar sin pedir previamente la habilitadora documentación administrativa.. Lo mejor negociar y pagar (Deja claro que el reconocimiento judicial en el ámbito laboral de dicha relación no le atribuirá el derecho a residir o trabajar; el permiso de residencia y trabajo lo concede la Delegación del Gobierno; ámbito administrativo no laboral). Por otra parte y a día de hoy, incluso, conozco africanos que pagan a sus compatriotas los papeles para darse de alta en el Sistema falsificando su documento público (N.I.E., PASAPORTE; 392 CP), y usurpando su estado civil (401 CP). Normalmente este tipo de asuntos termina como cuestión prejudicial penal en éste último ámbito.
 
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