despido

josec

Nuevo miembro
SOY NUEVA EN ESTE TEMA. ANTE TODO BUENAS TARDES NECESITO BUESTRA AYUDA POR FAVOR. MI MARIDO FUE DESPEDIDO EL DIA UNO DE OCUBRE DEL 2010 SIN NADA EL ABOGADO LE MANDA UN BUROFAX EXIGIENDOLE UNA CANTIDAD PORQUE EL DESPIDO ES DE 45 DIAS POR AÑO MI MARIDO ARREGLA EL PARO Y LA EMPRESA TRANSCURRIDO UNAS DIAS INGRESA DICHO DINERO A CONTINUACION DENUNCIAMOS Y LA SENTENCIA DICE QUE LO TOMA COMO DESPIDO IMPROCEDENTE Y QUE PAGA LA EMPRESA LOS 45 DIAS POR AÑO O LOS READMITE EL DIA 12 DE FEBRERO RECIBIMOS UN BUROFAX QUE ES READMITIDO EL DIA 16 DE FEBRERO VA HA TRABAJAR Y ESE MISMO DIA LE DAN OTRA CARTA DE DESPIDO Y UN CHEQUE DE VEINTE DIAS POR AÑO Y AHORA ME DICEN EN EL PARO QUE NO TIENE DERECHO A PARO MIENTRAS NO DEVUELVA LOS SALARIOS DE TRAMITACION PERO YO YA NO TENGO EL DINERO PORQUE TENIA DEUDAS PENDIENTES DE CUANDO MI MARIDO TRABAJABA Y NO LE PAGABA EL ABOGADO MIO ME DICE QUE SI TIENE DERECHO PORQUE EL NO HA ENGAÑADO A NADIE QUE LO HA HECHO TODO POR LO LEGAL Y QUE NOS DEN UN TIEMPO EL QUE ESTIPULEN EN EL PARO PARA DEVOLVER LOS SALARIOS DE TRAMITACION.
GRACIAS UN SALUDO ESTOY MUY PREOCUPADA QUE TENGO TRES NIÑOS HE IPOTECA GRACIAS
 

FERNANDO

Miembro conocido
Entiendo que si la empresa no descontó el desempleo de los salarios de tramitación, el INEM debe igualmente exigírselo. Eso sí, despuás la empresa podrá exigiros a vosotros el pago de los salarios de tramite no descontados.
 

Raquel GR

Miembro activo
Al volver a estar tu marido en situación legal de desempleo con nueva fecha, yo creo que lo que te está dicendo el inem, no es que devuelvas los salarios de tramitación de la anterior situación, sino que no te van a abonar la nueva prestación, hasta que la antigua, percibida indebidamente (aunque no imputable a tu marido) no quede compensada.

Asegura esto que te digo con tu abogado, que para eso lo tienes, pero lo lógico es que hayais solicitado de nuevo la prestación, por estar de nuevo en situación legal de desempleo con nueva fecha y si la empresa no ha hecho bien lo de los salarios de tramitación antariores, pues ahora el inem esté compensando con su nueva prestación.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Sí, Raquel, pero ese descuento lo ha de hacer la empresa, no la trabajadora, con lo que entiendo que no pueden compensar deudas.
 
A

Activo

Guest
Como dice Fernando, es la empresa quien debe descontar la prestación de los salarios de tramitación. El problema es que la consultante no dice si la empresa le ha abonado dichos salarios, ni siquiera si tiene derecho a ellos. ¿No dice que la empresa ingresa la indemnización de 45 días? La consulta me parece ciertamente confusa.
 

Raquel GR

Miembro activo
Hola, sí, al haber readmisión es la empresa quien debe solicitar información al inem y proceder a descontarselo al trabajador e ingresarlo (con los límites, de los s. tramitación) en el INEM

Pero como luego ha habido inmediatamente otro despido con derecho a desempleo nuevamente, me parece muy raro, que el INEM le mande carta dicendole que lo devuelva o no cobra, sabiendo que es responsabilidad de la empresa, con lo que ES POSIBLE, por eso le digo que lo asegure con su abogado, que mandara carta a la empresa, y esta contestara que ya estaba abonado todo al trabajador y al generar de nuevo desempleo quieran proceder como si el despido hubiera sido con indemnización y no readmisión, al poder con la nueva prestación proceder ahora el INEM  a compensárselo... pero tendrá que aclararlo con su abogado, y ver esa carta que le mandan.
Es que el mismo día de la readmisión, se produce el otro despido, igual el inem entiende el alta por salarios de tramitación y procede como si fuera improcedente... mal, pero...

Y efectivamente no dice nada de haber cobrado salarios de tramitación, supongo que si que los habrá cobrado...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Sí, Raquel, pero erraría igual el INEM; han habido dos despidos independientes; en el primero, hubo readmisión, con lo que el trabajador actuó correctamente, pues era la empresa la obligada a devolver las cantidades.
 

Raquel GR

Miembro activo
Si Fernando, eso no lo voy a negar, pero habría que ver esa carta y darle una solución práctica.
Igualmente tendría que devolverlo a la empresa
 

Paco~

Nuevo miembro
O, lo que es lo mismo: se puede asesorar muy bien, menos bien o regular, pero no se puede asesorar haciendo conjeturas, Ja, jaaaaa.

Un saludo a todos.
 

josec

Nuevo miembro
PARA EMPEZAR MUCHAS GRACIAS POR CONTESTARME. HABER MI MARIDO LEVABA EN LA EMPRESA SEIS AÑOS . EL DIA 1 DE OCTUBRE ES DESPEDIDO. EN LA CARTA DE DESPIDO PONE CON 20 DIAS POR AÑO EN LA CARTA PONIA QUE SELE ENTREGA CHEQUE LO CUAL NO FUE ASI. SELE MANDA UN BUROFAX POR DICHA INDENIZACION POR VACACIONES Y MESES QUE LE DEBIAN DE 9871E. LOGICAMENTE MI MARIDO ARREGLA EL PARO. HAY UNA DENUNCIA SE CELEBRA JUICIO LA SENTENCIA DICE A LA EMPRESA QUEO LES PAGA 45 DIAS POR AÑO O QUE SON READMITIDOS EL DIA 11 DE FEBRERO RECIBE UN BUROFAX QUE ES READMITIDO EL DIA 16 DE FEBREERO EN LUGAR SITIO Y HORA ESE MISMO DIA LE VUELVEN A DESPEDIR CON 20 DIAS POR AÑO Y UN CHEQUE DE 7771E Y QUIERO SABER SI TENGO QUE PAGAR LOS SALARIOS DE TRAMITACION DEACUERDO NO HAY PROBLEMA PERO ME LO DESCONTARAN DEL PARO MUCHAS GRACIAS UN SALUDO
 

Raquel GR

Miembro activo
Debes comentarlo con el abogado que te llevó el caso, el sabrá si te han pagado los salarios de tramitación y como está hecho todo.
 
Arriba