despido

rafags

Nuevo miembro
hola buenas tardes agradecería que me orientarais en el siguiente caso.

se presenta carta de despido a un trabajador con fecha 30 de junio se la lleva para verla y no aparece más  y ahora la empresa recibe un burofax  y  pide que se le aclare la situación.

yo pienso que lo mejor es contestarle que como ya sabe está despedido desde el 30 y que como no ha ido a firmar vamos a consignar indemnizacion + salarios de tramitación y que cuando quiera puede venir a recoger su documentación al centro de trabajo.
es correcto esto? otra duda es si los salarios de tramitación a consignar es el líquido.


gracias y saludos.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Vamos a ver, si la carta no está firmada es como si no hubiera despido. El pide que le aclares situación; entonces, le dices que le despides con efecto de día de hoy y que consignas indmnización de 45 días por año, reconociendo improcedencia en la misma carta.
 
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