hola buenas tardes agradecería que me orientarais en el siguiente caso.
se presenta carta de despido a un trabajador con fecha 30 de junio se la lleva para verla y no aparece más y ahora la empresa recibe un burofax y pide que se le aclare la situación.
yo pienso que lo mejor es contestarle que como ya sabe está despedido desde el 30 y que como no ha ido a firmar vamos a consignar indemnizacion + salarios de tramitación y que cuando quiera puede venir a recoger su documentación al centro de trabajo.
es correcto esto? otra duda es si los salarios de tramitación a consignar es el líquido.
gracias y saludos.
se presenta carta de despido a un trabajador con fecha 30 de junio se la lleva para verla y no aparece más y ahora la empresa recibe un burofax y pide que se le aclare la situación.
yo pienso que lo mejor es contestarle que como ya sabe está despedido desde el 30 y que como no ha ido a firmar vamos a consignar indemnizacion + salarios de tramitación y que cuando quiera puede venir a recoger su documentación al centro de trabajo.
es correcto esto? otra duda es si los salarios de tramitación a consignar es el líquido.
gracias y saludos.