Desplazamiento de trabajadores al extranjero

Novata80

Nuevo miembro
Buenas tardes,
si un trabajador por cuenta ajena tiene que desplazarse al extranjero para mantener reuniones con clientes potenciales hay que comunicarlo a la Seguridad Social?
En caso de que haya que comunicarlo, si la otra empresa (futuro cliente) no tiene centro de trabajo como tal, simplemente se van a reunir, qué dirección se indica en el TA200?

Gracias!!
 

MJ1977

Miembro activo
Yo lo que miro primero es si hay Convenio Especial con ese país, si lo hay busco los formularios y los presento en Tesorería.
Sino no lo hay, lo informo a la mutua de AT y a la empresa que no hay convenio bilateral.
La dirección que pongo, en caso de que no haya centro de trabajo, es el domicilio donde se vaya a alojar el trabajador.
 

fundación

Miembro conocido
Refloto. Viaje organizado por agencia, con un guía cultural-acompañante, van a Egipto dos semanas. No hay convenio bilateral con ese país que yo sepa. He informado a la mutua por email del viaje y de las fechas por si acaso, pero no sé si debo informar a la SS de este viaje, el TA300 no es operativo en este caso.
 

fundación

Miembro conocido
Pues Casia dice que los desplazamientos siempre se comunican mediante TA300, entonces como no deja hacerlo sin convenio pues no se comunica, es lo que concluyo. Se cotiza aquí y punto, si hay problemas con el país receptor ya no es cosa mía.
 
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