HOLA,
en el caso de un reta que mantiene una deuda con la seguridad social por un valor de 23000 de los cuales han prescrito 11400. Ha cumplido la edad de jubilación y pretende pagar la cantidad no prescrita para poder jubilarse.
si hace esto queda al crriente con la seg social y puede solicitar la p.jubilación verdad?
otra duda que me surge es si los periodos de cotización correspondiente a las cantidades prescritas se tienen en cuenta para el calculo de la misma o por el contrario como no son periodos efectivamente cotizados se descuentan para el cmputo de años de cotización?'
gracias y salu2
en el caso de un reta que mantiene una deuda con la seguridad social por un valor de 23000 de los cuales han prescrito 11400. Ha cumplido la edad de jubilación y pretende pagar la cantidad no prescrita para poder jubilarse.
si hace esto queda al crriente con la seg social y puede solicitar la p.jubilación verdad?
otra duda que me surge es si los periodos de cotización correspondiente a las cantidades prescritas se tienen en cuenta para el calculo de la misma o por el contrario como no son periodos efectivamente cotizados se descuentan para el cmputo de años de cotización?'
gracias y salu2