Por un error administrativo he dado de alta a un trabajador varios días más tarde de su incorporación, con carácter retroactivo. Obviamente la Tesorería no me pone en plazo el movimiento de alta por no tratarse de un error en el AFI aunque le presente las cotizaciones, registro del contrato etc...
¿Cómo actuaríais vosotros si el trabajador os reclama esos días de cotización? Yo como empresa he cotizado por todo el periodo, pero a él como trabajador si no lo entiendo mal, sólo le van a constar como cotizados los días que median entre la fecha de efectos del alta y la baja o bien la baja + días de vacaciones, ¿no es así?
Muchas gracias de antemano
¿Cómo actuaríais vosotros si el trabajador os reclama esos días de cotización? Yo como empresa he cotizado por todo el periodo, pero a él como trabajador si no lo entiendo mal, sólo le van a constar como cotizados los días que median entre la fecha de efectos del alta y la baja o bien la baja + días de vacaciones, ¿no es así?
Muchas gracias de antemano