dietas exentas

eduard

Miembro
Hola a todos.

Si la empresa le quiere pagar el almuerzo diario a un trabajador el cual come de restaurante en el mismo municipio del centro de trabajo. Creis que estaría exenta dicha dieta???

El trabajador reside a 80 km del centro de trabajo.

Leo en el memento que dice: No estan sujetas las cantidades destinadas por la empresa a compensar los gastos normales de manutención siempre que se produzcan en municipio distinto del lugar de trabajo habitual y del que constituya la residencia del trabajador.
Entiendo que en este caso si estaría sujeta a IRPF no???

gracias.
 

Mr. White

Miembro activo
Dale cheque gourmet los días laborables que haga jornada partida (asignación asistencial, ni tributa ni cotiza si no supera los 9 euros).

Si le pagas dieta, tributa y cotiza al no ser por gastos en municipio distinto del lugar del trabajo habitual...
 

eduard

Miembro
Ok gracias tendré en cuenta lo del cheque gourmet..

Conociendo  a mi jefe me preguntará: y si se va a comer al pueblo del lado??? 8)
 

Mr. White

Miembro activo
Jeje...

Hombre, el desplazamiento a municipio distinto tiene que ser por trabajo, no solo para comer...

Con el cheque lo resuelven perfectamente...



 

Nando_bcn

Miembro conocido
Mr. White dijo:
Con el cheque lo resuelven perfectamente...

Efectivamente (desplazamiento a municipio distinto al de su domicilio y del centro de trabajo y por motivos de trabajo, claro), pero hasta el límite de 9€ diarios.

Respecto a limitarlo a los días de jornada partida..., es cierto que muchas empresas (la mía, por ej.) condicionan su devengo a jornadas de ese tipo y efectivamente trabajadas, pero la norma no impone esa condicion. Obviamente deberá acreditarse que ese dia se ha trabajado de forma efectiva y con ese desplazamiento, pero nada impide que esté igualmente exento el vale comida entregado en un dia de jornada contínua.

Saludos
 

fundación

Miembro conocido
¿Y su contrato es por obra/servicio en ese centro o es un desplazamiento desde su centro de trabajo habitual?
 

Mr. White

Miembro activo
Nada impide que esté igualmente exento el vale comida entregado en un dia de jornada contínua.

Por prudencia, en nuestra empresa solo lo abonamos si hacen jornada partida...

Si un trabajador realiza una jornada de 7 a 15, puede comer en su domicilio (además, no hay establecida una pausa en la jornada para comer), igual que si hace de 15 a 23...

Por supuesto, no digo que la norma lo impida, pero por prudencia, y por evitar inspectores quisquillosos que lo quieran ver como salario en especie, así lo abonamos...

De hecho, hay alguna sentencia, referida a comedores de empresa, que señala que cuando la empresa posee un horario de trabajo que no contempla una pausa para almorzar, por prestarse en régimen continuado, se descarta su aplicación...

De ahí la prudencia en entregar cheques gourmet solo a los que hacen jornada partida, pues hay una pausa establecida en la jornada para comer (a lo que yo alegaría que en casos de jornada continua que exceda de 6 horas hay derecho a 15 minutos de bocadillo...pero bueno, preferimos evitar líos...).









 

Nando_bcn

Miembro conocido
Bueno, por prudencia..., pero vaya, hablo de memoria y me parece haber leido algo de esto en algun memento. Tal vez pueda ofrecer ciertos riesgos (de todas formas tratare de contrastar esa información).
En nuestro caso, que como decía, lo limitamos a dias de jornada partida efectivamente trabajados, más que por prudencia, lo hacemos por política de empresa y razones económicas.

Por cierto, revisando mi anterior respuesta, veo que, sin pretenderlo, estoy confundiendo churras con merinas, y es que el tema del desplazamiento es en relacion a las dietas exentas y si ya hablamos de vales-comida (que pueden ser "Cheques Gourment", "Ticket-Restaurant, etc, hay varios proveedores cada uno con su marca comercial), ahí no hay ningún requisito a nivel de desplazamiento. En principio que se trabaje de forma efectiva ese día y, por lo que parece, independientemente de que sea jornada partida o contínua (repito que trataré de contrastar de dónde saqué esa idea, pero reconozco que en casos extremos, por ej, jornada reducida de 4 horas al día, eso si podría escamar a algún inspector).

Saludos
 

Mr. White

Miembro activo
Por seguir aclarando: si el trabajador recibe cheque gourmet en el día a día (es decir, presta servicios en su centro de trabajo habitual y come en el bar de debajo, por ejemplo) y un día realiza desplazamiento a otro municipio por trabajo, devengando dieta, ese día no hay que darle cheque, pues la dieta lo "absorbe" (eso, o se descuenta de la dieta el valor del cheque)...



 

Nando_bcn

Miembro conocido
Bueno, tú, por poder darle, puedes concederle la dieta, el vale-comida y lo que tú quieras. Ahora, para Hacienda y la S.S. sólo estará exenta una de las dos cosas. Es a nivel de exención  que son incompatibles.

Sé de empresas que por ej. por formar parte de un programa de retribución flexible (por tanto, lo acaban descontando del salario dinerario del trabajador) dan vales-comida por cada dia trabajado (en vacaciones y otras ausencias no, claro, que ahí no estaria exento), y, por tanto, al no ver una duplicidad de costes, pagan además dieta cuando hay un desplazamiento.
Yo siempre les digo lo mismo., ojo! que si dais dieta, el vale comida o se lo descontáis o tributa.
 

Mr. White

Miembro activo
Así es, Nando.

En todo caso, mi respuesta anterior giraba estrictamente en torno a la pregunta de Eduard sobre exención y cotización de dietas y cheque...
 
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