Discapacitada con despido disciplinario e improcedente. ¿En qué me afecta?

B.Boop

Nuevo miembro
Soy discapacitada y mi empresa me tenía contratada con un contrato de trabajo por obra y servicio pero  después, (para llevarse ayudas, desgravaciones y bonificaciones), me pasó a contratar a través de una empresa del mismo grupo con un contrato indefinido para la contratación de personas con discapacidad. A los 2 años y 2 meses el médico me dio una baja temporal y, aunque no llevaba aún 3 años en la empresa, recibí una carta de despido disciplinario. La empresa ha admitido la improcedencia en el acto de conciliación sin embargo me surgen dudas:

-¿Debe devolver la empresa las bonificaciones?
-¿Es verdad que si me contrata otra empresa no se podrá beneficiar de dichas bonificaciones durante los 3 primeros meses porque mi último contrato cesó a través de un despido disciplinario?
-¿Puede repercutirme el despido disciplinario improcedente en la búsqueda de trabajo, en el Servicio Andaluz de Empleo, o en algo más?

Aunque tengo el acta de conciliación, en el certificado de empresa aparece "baja despido disciplinario individual".

Muchas gracias de antemano
 

FERNANDO

Miembro conocido
Ni la empresa debe devolver nada, ni la empresa que te contrate tendrá problema alguno con las bonificaciones por tu calidad de discapacitada, pues el despido se reconoció improcedente, y tranquila: el despido no te afectará en nada para buscar empleo.
 

B.Boop

Nuevo miembro
Muchas gracias Fernando.

Le he pedido a la empresa que en el Certificado de Empresa de los 180 días no aparezca como motivo el "despido disciplinario" y que ya que han reconocido la improcedencia.

Además, he solicitado que regularicen en la Seguridad Social los días de vacaciones retribuidos y no disfrutados ya que no aparecen aún en mi vida laboral y me han comentado que estos también cotizan. ¿Es así?
 

fundación

Miembro conocido
En el certificado de empresa debe aparecer siempre la causa de baja, en este caso: "Despido del trabajador".
 

FERNANDO

Miembro conocido
No hay que tener miedo a que aparezca tal o cual en el certificado de empresa b.boop porque, a efectos prácticos, eso no te supondrá nunca problema alguno...

Y sí, los días de vacaciones no disfrutadas que se pagan en el finiquito cotizan a efectos de carencia y de porcentaje de cotización.
 
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