DISTINTAS INTERPRETACIONES PARA CALCULO BASE REGULADORA INDEMN.

maraya

Nuevo miembro
Hola a todos,

Cuanto más leo sobre el cálculo de la base reguladora de un despido improcedente, menos claro veo el tema:
Por un lado esta el uso de la Base reguladora del mes anterior del despido, dividido entre los días trabajados (en el caso que me ocupa es un fijo discontinuo, son 16 días)
Por otro lado que lo eleve al salario de los 12 meses anteriores al despido ( y aquí ya me surge la duda? aquí tendría que dividir entre los días efectivamente trabajados también no?, pk tiene un mes 16 días, otro 17,.... y no dividirlo entre 365, pienso.
Y otra interpretación es que como la indemnización a de corresponder al salario del momento del despido, entonces cálculo salario diario + pagas extras del mes anterior, y luego los pluses días festivos, puntualidad, incorporación y especialización que tiene, hago el computo anual y los divido entre los días efectivamente trabajados???

Como veis 3 interpretaciones distintas, las 3 utilizadas, y cual utilizarías vosotros. No sé si he comentado que se trata de un fijo discontinuo de un Parque Temático, que trabajan por campañas.

A ver si me podéis ayudar un poco, gracias ???
 

FERNANDO

Miembro conocido
Vamos a ver; en principio es el salario del mes anterior al despido. Eso sí, si hay cantidades variables, entonces toma la media de las mismas el año anterior.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
¿y si le han cambiado el salario (fijo) justo el mes del despido?
¿por qué he de considerar siempre el del mes anterior?
De acuerdo en que en la inmensa mayoría de casos seguirá siendo el mismo, pero ¿por qué no decimos simplemente que se trata, a la hora de considerar el salario fijo (de haber conceptos variables ya ha quedado claro que se consideran los percibidos durante los últimos 12 meses)  de tener en cuenta el vigente en el momento el despido (aunque lo hayan revisado un rato antes).

Saludos
 
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