Dramita

Nana

Miembro conocido
Hola amigos

estos solo puede considerarse dramita, con la que está cayendo  ;D

Se nos ha pasado presentar un 111 del 1T 2020 a cero con la obligación dada de alta del 111 de trabajadores

si lo presento ahora creéis que llegue sanción?? Lo estoy presentando antes de que AEAT me lo reclame.....  ;D

Muchas gracias!!!
 

InmaRase

Miembro activo
:( Me temo que la agencia tributaria no está dejando pasar ni una, pero esperemos que no...

Por cierto, me encanta tu foto, si había algo que pudiera relacionar contigo e imaginarte sin duda era así jajaj,

Un saludo!!
 

Nana

Miembro conocido
Bueh, quien no arriesga no gana, lo he dejado presentado

Espero que el poder arcoiris me proteja de AEAT  ;D ;D ;D

Sí!!! Gracias, Agnes y su unicornio son TAAAAAAAAAN GENIALES

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toni

Miembro conocido
Nana dijo:
Bueh, quien no arriesga no gana, lo he dejado presentado

Espero que el poder arcoiris me proteja de AEAT  ;D ;D ;D

Sí!!! Gracias, Agnes y su unicornio son TAAAAAAAAAN GENIALES

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Me acabo de enamorar!!!!  ::)
 

Iker

Miembro
Hola Nana,

Me temo que, desgraciadamente, van a sancionar. El sistema está montado así, no hay perjuicio para la AEAT, ni ánimo defraudatorio, pero el malicioso ordenador va a detectar la presentación extemporánea del mod. 111, y cae seguro.

La próxima presenta el modelo a pagar 10 euros de retenciones, o 5 euros. Un profesional, o a cualquier trabajador que no le influya. El recargo ni te llega y ahí se queda todo.

Saludos
 

elchuske

Miembro conocido
Una aclaración importante. Habia rendimientos de trabajo o profesionales que declarar???  aunque no hubiera retención???
En razon de lo que digas te costesto.
 

mafaldasur

Nuevo miembro
Si es negativo y lo has presentado sin que la AEAT te requiera, no debe de haber sanción.
Incluso en casos en que me han requerido y a través de la vida laboral de la empresa se ha acreditado que no había trabajadores, no han habido multas.
vamos que nos vamos!!!!
 

Iker

Miembro
Yo me refiero a si tiene trabajadores...


PRESENTACIÓN DEL MODELO 111 COMO AUTOLIQUIDACIÓN NEGATIVA.

Deberá presentarse el modelo 111 como autoliquidación negativa cuando, a pesar de haber satisfecho en el
trimestre o en el mes anterior, según corresponda, rentas sometidas a retención o a ingreso a cuenta de las
enumeradas anteriormente, no hubiera procedido, conforme a las normas aplicables para la determinación
de su importe, la práctica efectiva de retención o ingreso a cuenta, de forma que no proceda ingresar en el
Tesoro público cantidad alguna por este concepto.

No procederá, sin embargo, la presentación del modelo 111 cuando no se hubiese satisfecho en el trimestre o
en el mes anterior objeto de autoliquidación, según corresponda, ninguna renta sometida a retención e ingreso
a cuenta de las anteriormente mencionadas.

Es decir, NO DEBEN PRESENTARSE MODELOS DE AUTOLIQUIDACIÓN 111 CON TODAS LAS CASILLAS DEL
APARTADO DE LIQUIDACIÓN SIN CUMPLIMENTAR



 

Nana

Miembro conocido
Hola

EL modelo era a 0, completamente, ni profesionales ni nominas, vamos, que no sale ni un solo numero en el modelo  ;D

el tema es que la empresa dio de alta la obligación del 111 de trabajadores y en la vida han tenido empleados, y de profesionales solo facturas del registro mercantil (declaradas en el 2T y 3T)

Vamos, que está presentado ya fuera de plazo y lo que tenga que ser será, pero un poquito de cariño y amor a los gestores, que menudo añito llevamos  ;) ;)

Gracias hermosos


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Me acabo de enamorar!!!!  ::)
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toni, yo también me enamoré  ;D ;)
 

elchuske

Miembro conocido
En mi caso no presento modelo alguno. No tengo obligación de hacerlo. Si no hay retenciones ni rentas declaradas no hay que presentarlo. Hacienda te reclama el modelo, lo presentas y te sanciona. Alegas y pierdes, Vas al económico administrativo y ganas.
La gente para no buscarse problemas lo presenta, pero como bien dice IKER, no hay obligación.
El modelo del contencioso administrativo ya lo puse por aquí hace tiempo. Y ganas seguro.

 

Nikki_sp

Miembro conocido
presentalo a pagar 1 euro, y evitas sancion, pagarias recaego pero de 1 euro es infimo

y luego compensas en cuarto trimestre con lonquentengas que ingresar.
 

Ignatius

Miembro activo
Después de recibir varios sancionadores, con la reducida de 75 €, reparas en la solución que apuntan varios compañeros: presentas una retención de 1 €, y el recargo que te llega es de unos céntimos
 
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