El estatuto de los trabajadores en su articulo 69 dice textualmente.
Serán electores todos los trabajadores de la empresa o centro de trabajo mayores de dieciséis años y con una antigüedad en la empresa de, al menos, un mes, y elegibles los trabajadores que tengan dieciocho años cumplidos y una antigüedad en la empresa de, al menos, seis meses, salvo en aquellas actividades en que, por movilidad de personal, se pacte en convenio colectivo un plazo inferior, con el límite mínimo de tres meses de antigüedad.
La empresa es una S.L. con 3 socios al 33.33%
La mujer de uno de los socios, y la hija de uno de los socios (los dos estan en el regimen general de la seguridad social), serian ELECTORES?
Serán electores todos los trabajadores de la empresa o centro de trabajo mayores de dieciséis años y con una antigüedad en la empresa de, al menos, un mes, y elegibles los trabajadores que tengan dieciocho años cumplidos y una antigüedad en la empresa de, al menos, seis meses, salvo en aquellas actividades en que, por movilidad de personal, se pacte en convenio colectivo un plazo inferior, con el límite mínimo de tres meses de antigüedad.
La empresa es una S.L. con 3 socios al 33.33%
La mujer de uno de los socios, y la hija de uno de los socios (los dos estan en el regimen general de la seguridad social), serian ELECTORES?