Este es el caso de un trabajador que inició una it el 2 de enero de este año. Su contrato finaliza el 30 de enero y en esa fecha va a ser liquidado. Si por entonces se encuentra en situación de it .. se me plantea una duda en cuanto a la liquidación del finiquito. Entiendo que no hay que liquidar la parte proporcional de la paga extra de enero en cuanto que al cobrar la it, la paga extra ya está incluida en la prestación (por decirlo de alguna manera), verdad?
Un saludo
Un saludo