duda claves

NOEMI

Miembro conocido
Buenas!!! me manda un compi esta duda,

Trabajador en ERTE de suspensión por fuerza mayor V desde 8/04/2020al 3/05/2020 ( antes estuvo de IT). Su jornada original era de un 35 %.

El 4 de mayo se incorpora con un cambio de contrato pasa a jornada completa (le quitamos la V, no existían R ni nadas por entonces)
El 12 de mayo reduce a un 50 %
El 15 de junio pasa a un 30 %
El 1 de julio pasa a un 60 %.

-¿Tiene derecho a las exoneraciones de cotización del RD 18? o al haberle hecho un aumento de jornada no? ¿Cómo lo veis?
-Si es así  ¿qué claves habría que poner?
 

Argi

Miembro conocido
Buff, es que eso de aumentar la jornada estando de erte no creo que sea correcto. En mi opinión no debería exonerarse nada a partir del 04/05
Un saludo
 

Santiago

Miembro conocido
Yo tampoco veo claro aumentar la jornada de un trabajador si existen otros compañeros en ERTE
Seguramente es correcto, porque por la casuística de cada empresa puede que sea necesario, pero digamos que se está generando dudas de cara a Inspección de Trabajo
Yo, por si acaso, no exoneraría nada. Así al menos es pecado es menor.
Y si ya está comunicado todo (veo que el aumento de jornada es de mayo) al menos en junio dejaría de exonerar.
Quizás soy demasiado cobarde, pero preferiría no arriesgar a una sanción o devolución de cuotas mayor.
 
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