Duda con el 130

Pablolf

Miembro
Una duda sobre el 130:

En el primer trimestre hice una complementaria porque tenía que salir como resultado una cifra ligeramente superior a favor del obligado. Tanto en la original como en la complementaria la declaración daba como resultado negativo.

Ahora he caído que las complementarias se realizan cuando es a favor del Tesoro Público, y que para que sea favirable al obligado es necesario realizar un escrito y solicitar la devolución de ingresos indebidos. En este caso que en ambas eran negativas, con la diferencia que la complementaria salía un poco más a favor del obligado, ¿he obrado correctamente al hacer una complementaria o debería haber realizado un escrito? Estoy en la duda y no se si lo he realizado mal, porque obviamente estoy fuera de plazo del primer trimestre..

Gracias a quién me pueda resolver la duda

PD: el autónomo es cuestión es profesional y toda su facturación lleva retención, pero igualmente le realizo el 130. Por si tiene alguna relevancia.
 

VILA100

Miembro conocido
Hola,

Lo ideal sería haber presentado escrito de rectificación de autoliquidacion. Incluso, si se queda tranquilo, presentelo ahora (explicándolo todo). En principio, las consecuencias serán las mismas (ninguna) tanto si lo hace como si no lo hace.

Salu2
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Hola,

por norma general, los profesionales cuyos rendimientos con retención no superan el 75% del total de los mismos, están obligados a presentar el modelo 130.

El resultado del modelo viene dado por las operaciones que hay que realizar entre los ingresos, los gastos y las retenciones del ejercicio... que se van acumulando trimestre a trimestre.

Me parece que, según las instrucciones del modelo el resultado sólo pude ser o positivo (cantidad a ingresar) o cero (cuando el resultado de las operaciones es negativo). Por tanto, no entiendo lo que planteas; pues si el primer trimestre le salió negativo, Hacienda de momento no le va a devolver nada y en el caso de que los 4 trimestres sean negativos... ¡habrá que hacer cuentas al realizar la declaración del IRPF!

Salvo mejor opinión.

Salu2.  8)


 
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