DUDA CON EXCEDENCIA Y DESEMPLEO

AL1978

Miembro conocido
Hola Compañeros:

Me surge una duda respecto al desempleo y las situación de excedencia.

1. Trabajadora en excedencia por cuidado de hijo. (un año)
2. Dicha trabajadora vuelve a trabajar pero en otra empresa, no solicita readmisión. (a la empresa inicial no le importa).
3. Imaginemos que la trabajadora está en contrato temporal con la nueva empresa EJ(6 meses o 3 meses). El contrato finaliza y le dan de baja por final de contrato.

En un caso así. ¿Tendría derecho a prestación por desempleo la trabajadora? ¿se acumulan los periodos cotizados a efectos de desempleo? ¿ Se entendería que no procede el desempleo por no reincorporarse a la antigua empresa?

Estas dudas de Septiembre  jaja

Gracias
 

campus34

Miembro conocido
Pues seguramente este equivocado, pero para tener derecho a desempleo debe tener carta que acredite que ha solicitado su reincorporacion a la empresa con excedencia y se la han denegado.
Conozco un caso de un familiar que así se lo solicitaron en el SEPE.
 

Clo

Nuevo miembro
Buenos días,
A mí también me suena lo que comenta Campus.
Entiendo que si queda en situación de desempleo en la segunda empresa y todavía está en excedencia de la primera, tendría derecho a prestación.
Pero si cuando va a solicitar prestación no está ya en situación de excedencia (transcurrió el plazo y no solicitó reincorporación) no tendrá derecho. Necesitaría carta de reincorporación y denegación de la empresa.
Confirmarlo, pero creo que es así.
Saludos,
 

AL1978

Miembro conocido
No me ha tocado ningún caso. Son estas dudas existenciales... pero tiene toda la lógica que se pida la carta de solicitud de reincorporación y la negativa de la empresa (que el trabajador decida si reclama por despido o no).

Digo en mi opinión lo de la lógica ya que el contrato se encuentra suspendido en excedencia y no finalizado.

No se no se

Y gracias por vuestro tiempo
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, si la trabajadora no solicita readmisión y ha acabado el periodo en el cual se le reserva un puesto de trabajo (3 años) y siguen trabajando en otra empresa, al final, sí tendrá derecho a desempleo. Otra cosa es que aún se mantenga el periodo de la reserva de puesto, claro.
 

AL1978

Miembro conocido
Sandrita, estoy totalmente de acuerdo. Pero no es un caso real, es más un experimento "mental" como el "gato de Schrödinger" me refiero que no sabremos la solución. He tramitado una excedencia por cuidado de hijo y me surgió esta duda, no conozco caso similar.

En mi opinión, si yo fuera el SEPE lo revisaría, me tendrían que explicar bien por qué no solicita una reincorporación a un trabajo indefinido, por un contrato temporal, después de una maternidad, excedencia 46.3 ET.... me olería raro raro.


Muchas Gracias por vuestro tiempo, siempre se aprende en esta casa
 
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