DUDA CON LOS DESCANSOS SEMANALES

AL1978

Miembro conocido
A ver chicos os cuento.

Tengo una clienta que se dedica a las ferias(caseta de bingo), hasta ahora lo llevaban ella y su marido, los dos de alta en el Reta.

A mediados de mes van a una feria (mallorca) que durará hasta el 20 de Abril y van a abrir otra caseta y quieren contratar a un chico para que les ayude.

Me ha pasado los horarios y claro: Trabaja todos los días de LUNES A DOMINGO por un total de 30 horas a la semana. Entiendo que está todos los días abierto. Sí se respeta el descanso entre jornadas

Que yo sepa los feriantes no tienen convenio colectivo, se me plantean las siguientes dudas.

1. ¿Entiendo que es obligatorio el descanso semanal de día y medio?
2. ¿ En estos casos se puede acumular los descansos al final del contrato (es decir 20 de Abril)?
3. ¿Está acumulación se puede pactar en contrato con el trabajado


Un saludo y muchas gracias como siempre



 

FERNANDO

Miembro conocido
1.- El día y media (recuerda que son 48 horas seguidas, al  sumarse el descanso intersemanal) se puede acumular en dos semanas consecutivas. O sea, que no lo puedes acumular al final.

2.- El día y medio de descanso es obligado (derecho necesario).

3.- Puedes pactar en contrato la acumulación que te dije,claro. Pero no algo que vaya en contra de ley.

Al fin, claro, se acaba pasando la ley por el forro, si hay billetes por medio (no demasiados, ojo).
 
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