Buenas,
Tengo un caso que vende inmueble genera pérdida en la transmisión y reinvierte el dinero obtenido en otra vivienda.
Esta pérdida tengo entendido que se puede compensar con el posible beneficio del rendimiento del capital mobiliario.
1) Si no las hay; de cara a compensarla ante futuro beneficio; este importe pte. de compensar; lo guarda AEAT para indicarlo en el futuro borrador aeat?
2) No se puede compensar con rendimientos del trabajo?
Gracias...
Tengo un caso que vende inmueble genera pérdida en la transmisión y reinvierte el dinero obtenido en otra vivienda.
Esta pérdida tengo entendido que se puede compensar con el posible beneficio del rendimiento del capital mobiliario.
1) Si no las hay; de cara a compensarla ante futuro beneficio; este importe pte. de compensar; lo guarda AEAT para indicarlo en el futuro borrador aeat?
2) No se puede compensar con rendimientos del trabajo?
Gracias...