Buenos dias, os planteo una duda por si me podeis ayudar. Un autonomo en situacion de IT, cobrando la prestacion, sigue con la obligacion de cotizar. Pero si durante la IT cesa la actividad la S.L. de la que es administrador y se da de baja, sigue teniendo que cotizar el autonomo? Se tiene que dar de baja en el RETA o tiene la posibilidad de seguir cotizando mientras dure la IT, pensando sobre todo en que cotiza para la jubilacion?. Gracias.