DUDA DOS EMPRESAS EN UN MISMO LOCAL

AL1978

Miembro conocido
Hola chicos os cuento a ver vuestra opinión.

Un nuevo cliente que tiene una farmacia con trabajadores por cuenta ajena y por otro lado tiene una sociedad con actividad de parafarmacia (sin trabajadores). El asunto es que en su centro de trabajo se van a realizan las dos actividades y estaba pensando en subrogar a un trabajador de Farmacia a la sociedad de parafarmacia.

Yo tengo muchas dudas ya que se mezclan las dos actividades sin separación alguna, en un mismo local, que el trabajador en cuestión será difícil demostrar que solo se dedica a la parafarmacia, que el empresario tanto  persona física como el único administrador de la sociedad es la misma persona.

Soy yo o esto es un churro???

Lo lógico sería que la persona física tuviera dos actividades no?

No dos empresas?

GRACIAS DE TODAS FORMAS
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, no veo churro alguno, y puede tener dos actividades tranquilamente. Lo que no tienes que hacer es subrogar nada. si el convenio que afecta al trabajador es el mismo, la orden puede ser verbal, pues no hay modificación sustancial alguna. Si cambiar de convenio, ya serñia otra cosa: habría que aplicar el nuevo convenio, simplemente. Ya digo: noveo mayor problema.
 

Mr. White

Miembro activo
Respecto al tema laboral, veo lo siguiente:

1. La farmacia tiene contratados a varios trabajadores.

2.- Se constituye otra sociedad para la actividad de parafarmacia.

3.- Para la sociedad de parafarmacia quiere/necesita un trabajador, que resulta ser de los que trabajan para la farmacia.

4.- Farmacia y sociedad de parafarmacia realizan su actividad en el mismo local.

Con esos datos, obviamente el riesgo de cesión ilegal es bastante elevado, pues la posibilidad de que dicho trabajador - que solo está contratado por la sociedad de farmacia- acabe prestando servicios de forma indistinta a farmacia y parafarmacia es bastante elevada, teniéndolo ahí siempre presente y coincidiendo ambas actividades en un mismo local...

Como ese riesgo siempre va a estar ahí, lo que creo que puede interesar es reconocer que la farmacia y la sociedad de parafarmacia forman un grupo de empresas a efectos laborales (es decir, que todos los trabajadores de la farmacia presten servicios de forma indistinta para farmacia y para la parafarmacia)...

Con ello eliminas el riesgo de cesión ilegal (no es posible la existencia de cesión ilegal de trabajadores entre las empresas del grupo porque los trabajadores contratados por cualquiera de ellas prestan servicios de forma conjunta para la consecución de un resultado común a todas), pero claro, a cambio de asumir responsabilidades solidarias...

Igualmente, dicha constitución como grupo de empresas a efectos laborales no debe ser tendente a eludir y vulnerar los derechos de los trabajadores mediante la organización empresarial creada...

 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, por lo visto estamos hablando de un señor -que entiendo empresario individual- que tiene dos actividades. Entonces, ya digo; si ES EL MISMO EMPRESARIO, no veo qué problema hay a efectos de cesión ilegal porque trabaje en las dos actividades indistintamente. Si crea una sociedad, pues tampoco le veo ningún problema. Si son dos sociedades del mismo grupo, y trabaja para las dos a la vez, pues tampoco le vería problema de cesión ilegal (sólo existiría si se vulneran derechos de los trabajadores, y no veo cuál se le puede vulnerar) pues, como dice Mr. White, la jurisprudencia acepta la circulación entre grupos de empresas laborales.

Lo incorrecto sería, creo yo, ponerlo en dos sociedades, cuando hablamos de una sola relación laboral: ¿le despido de una, y le mantengo la otra relación laboral?; absurdo.

Que hay dos convenios de aplicación?; pues se le aplica el de la actividad preponderante.
 

AL1978

Miembro conocido
EXACTO MISTER WHITE !!!!

Me reúno la semana que viene con él y por lo que me ha dicho a falta de ver documentación esa es la cuestión.

Por que ya tengo un cliente que desarrolla como dice Fernando 2 actividades y no hay problema, tributas por las dos etc... y los trabajadores que en este caso están perfectamente diferenciados cada uno con su convenio aplicable y chapeau !!

Pero este caso y me reservo hasta ver la documentación completa me parece difícil explicación ante una inspección de trabajo si se diera el caso, reclamación del trabajador etc.


Gracias chicos sois la leche
 

Mr. White

Miembro activo
La farmacia no tiene encaje legal en el concepto de sociedad...

El farmaceútico que contrata trabajadores encaja en el concepto de empresario que se define en el art.1.2 ET.

Y la sociedad que contrata trabajadores para la parafarmacia.

Y si ambos (farmacéuticos y administrador de la sociedad) son el mismo, el local es el mismo, los trabajadores prestan servicios indistintamente a una u otra actividad, el poder de dirección se ejerce por el mismo, aplicas el Convenio más favorable,..., no veo por qué no puedes hacer valer el concepto de empresas a efectos laborales.

Lo de la concesión administrativa creo que, en este caso, y a efectos a efectos laborales, es irrelevante ...
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, habría que diferenciar tema mercantil o sanitario del laboral.

Así pues, si no hay problema alguno de constituir una farmacia junto con una parafarmacia, no hay razón alguna por la que un trabajador no pueda compatibilzar ambas actividades. Hay dos convenios aplicables; pues ahí difiero, un poco, con Mr. White; se aplicaría, legalmente, aquél que cubra la actividad preponderante. Aunque, si nos queremos asegurar, también es bueno aplicar el más beneficioso (el que paga más, vamos).
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, sandrita; lógico: que el trabajador que trabaja a la vez en parafarmacia y farmacia tenga el título para trabajar en farmacia. Y se acabó el lío.
 
Arriba