Buenos días!!
Tengo una orden de embargo literalmente dice: "los salarios, sueldos, pensiones,retribuciones u otras prestaciones periódicas equivalentes.
Si el trabajador cobra unos gastos de locomoción y manutención exentos de cotizar y tributar,¿que tratamiento en cuanto al embargo le aplico? lo tengo en cuenta? si es asi¿lo llevo a la escala de la LEC? o hay que embargarlo en su totalidad?¿que opináis?
Tengo una orden de embargo literalmente dice: "los salarios, sueldos, pensiones,retribuciones u otras prestaciones periódicas equivalentes.
Si el trabajador cobra unos gastos de locomoción y manutención exentos de cotizar y tributar,¿que tratamiento en cuanto al embargo le aplico? lo tengo en cuenta? si es asi¿lo llevo a la escala de la LEC? o hay que embargarlo en su totalidad?¿que opináis?