duda IT o no

carla

Miembro
Un trabajador que ha presentado un parte de baja por IT ante la empresa, y que ademas ese dia se le muere un familiar y tiene derecho a dias sin ir a trabajar, cobrara esos dias como IT o como no?

saludos
 

FERNANDO

Miembro conocido
El contrato lo tiene suspendido, por lo que cobrará por IT. Otra cosa es si después le toca o no le toca el permiso de familiar, que diría que no pues ya no necesita los días referidos.
 

IMC

Miembro activo
En cuanto al permiso por muerte de familiar entiendo debe ser inmediatamente posterior al hecho causante y si está de baja...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Ojo, lo de la inmediatez siempre puede ser matizable. de hecho, ya los tribunales lo están haciendo, por ejemplo, con el permiso por matrimonio.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Si, pero en caso de fallecimiento de familiar...
Siempre he entendido la flexibilidad (mientras susbsita el hecho causante, claro) en el caso de enfermedad grave, hospitalización, etc., de familiar) de forma que pueda iniciarse co  posterioridad al inicio del hecho causante (ingreso, intervención quirúrgica...), puesto que dicho permiso puede mantener prefectamente su sentido.
Me chocó bastante la sentencia del TS respecto al disfrute del permiso por boda, al entender que el cómputo se inicia el primer dia hábil para el trabajador en el caso de que la boda sea en día inhábil (cosa bastante habitual). Aunque parece que la justificación era garentizar de forma efectiva esos 15 días de permiso, entiendiendo que la finalidad de éste es meramente el goce del propio permiso con ocasión  del nuevo estado.

Pero en caso de fallecimiento de familiar..., ahí el sentido lo tiene únicamente si coincide con el hecho causante. Es cierto que existe alguna sentencia que permite diferirlo, pero siempre en casos excepcionales y porque existe alguna justificación que hace que el permiso mantenga su sentido aún disfrutándolo en fechas posteriores al fallecimiento del familiar, por ej., en el caso de inmigrantes, fallecimiento en el extranjero, etc.

Pero de forma general, no, yo no cabo de ver la justificación de poder diferir el inicio del permiso, ni tampoco me consta que nuestros tibunales lo acpeten (repito, me refiero en general, no a ciertos casos especiales a los que ya he hecho referencia y que puede ser admitido, por tener cierto sentido).

Saludos
 
Arriba