Duda nómina Base CCC

MCS

Miembro
Buenos días!, estoy haciendo las nóminas de julio, y me pasa que en algunas de ellas (de trabajadores con grupos de cotización mas altos, 2, 3 etc), la base de ccc me sale mas alta que en anteriores meses, superando el bruto (creo que porque tiene en cuenta los días laborables del mes). ¿Supone algún problema que la base de ccc sea superior?, al final es verdad que varían con respecto a las nóminas de meses anteriores (entre otras cosas, la cotización y el líquido, que es menor)
No sé si a alguien más le pasa esto o es solo a mi 😅 ¿qué hacéis en estos casos???¿las dejáis tal cual???¿o modificáis algo????
Graciassss saludos!!
 

MCS

Miembro
Otra pregunta, a la hora de enviar las bases de cotización en los Seguros Sociales, no habrá ningún problema, ¿no? por indicar esas bases... porque es que me han salido en bastaaantes nóminas y hay algunas con mucha diferencia en las bases (que luego la diferencia del líquido son dos o tres euros, no más) pero por asegurarme,
perdonad y gracias
 

VILA100

Miembro conocido
Yo tampoco veo mayor problema. Una Cosa es la norma sobre retribuciones y otra la norma sobre cotización. Normalmente coinciden…( normalmente)

Salu2
 
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Nando_bcn

Miembro conocido
si están a tiempo parcial es por lo días laborales que tiene julio, que son mas que el del resto de meses
Disculpad, pero eso no lo acabo de entender. En el caso de tiempo parcial, aún percibiendo una misma retribución mensual cada mes, la base puede cambiar, en función del número de horas trabajadas (por ejemplo, aún manteniendo la misma jornada, porque varíe el número de días hábiles de cada mes) en el caso de que entren en juego las bases mínimas (suele darse, por ejemplo, en casos en los que el salario es justo el SMI), en el caso de bases máximas son las mismas que a tiempo completo (pero ajustadas aritméticamente al coeficiente de parcialidad) pero aquí estamos hablando, bueno, estaba interpretando yo, de bases máximas, ya que se comenta que estas variaciones se dan con los trabajadores de los grupos de cotización más altos (2,3...).
Vaya, salvo que estemos hablando de trabajadores que, a pesar de ser de los grupos de cotización 2 y 3, perciban apenas el SMI (y ajustado a la jornada realizada). ¿Es ese el caso? (porque si no no me cuadra o algo se me escapa 😅 )
 
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MCS

Miembro
Disculpad, pero eso no lo acabo de entender. En el caso de tiempo parcial, aún percibiendo una misma retribución mensual cada mes, la base puede cambiar, en función del número de horas trabajadas (por ejemplo, aún manteniendo la misma jornada, porque varíe el número de días hábiles de cada mes) en el caso de que entren en juego las bases mínimas (suele darse, por ejemplo, en casos en los que el salario es usto el SMI), en el caso de bases máximas son las mismas que a tiempo completo (pero ajustadas aritméticamente al coeficiente de parcialidad) pero aquí estamos hablando, bueno, estaba interpretando yo, de bases máximas, ya se comenta que estas variaciones se dan con los trabajadores de los grupos de cotización más altos (2,3...).
Vaya, salvo que estemos hablando de trabajadores que, a pesar de ser de los grupos de cotización 2 y 3, percibamn apenas el SMI (y ajustado a la jornada realizada). ¿Es ese el caso? (porque si no no me cuadra o algo se me escapa 😅 )
Si! me refería a eso, como julio tiene tantos días laborales, aumenta mucho mas que en otros meses, y comoa fectaba al líquido, no sabía si debía de ajustar algo, gracias!
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Si! me refería a eso, como julio tiene tantos días laborales, aumenta mucho mas que en otros meses, y comoa fectaba al líquido, no sabía si debía de ajustar algo, gracias!
Pero entonces es porque entran en juego las bases mínimas (que, en el caso de tiempo parcial, como depende del número de horas reales trabajadas, puede variar de un mes a otro aún percibiendo la misma retribución).
De acuerdo. Por lo que fuera estaba entendiendo que eran por entrar en juego los topes de cotización (que en tiempo parcial no pueden variar por ese motivo).
¿Tienes, entonces, a gente de los grupos de cotización 2 y 3 y cobrando el SMI? (porque si no, es difícil que ocurra lo que dices)?
 

MCS

Miembro
Pero entonces es porque entran en juego las bases mínimas (que, en el caso de tiempo parcial, como depende del número de horas reales trabajadas, puede variar de un mes a otro aún percibiendo la misma retribución).
De acuerdo. Por lo que fuera estaba entendiendo que eran por entrar en juego los topes de cotización (que en tiempo parcial no pueden variar por ese motivo).
¿Tienes, entonces, a gente de los grupos de cotización 2 y 3 y cobrando el SMI? (porque si no, es difícil que ocurra lo que dices)?
No el SMI, pero si por Convenio, que algún que otro mes se pasaba algún que otro euro, pero es que este mes ha sido una gran diferencia, de a lo mejor 50-80 euros de diferencia en las bases de cotización. Sin embargo están cobrando por Convenio la gran mayoría, así que supongo que será por el mes de julio que tiene 24 dias y sin ningún festivo...
 

Nando_bcn

Miembro conocido
No el SMI, pero si por Convenio, que algún que otro mes se pasaba algún que otro euro, pero es que este mes ha sido una gran diferencia, de a lo mejor 50-80 euros de diferencia en las bases de cotización. Sin embargo están cobrando por Convenio la gran mayoría, así que supongo que será por el mes de julio que tiene 24 dias y sin ningún festivo...
Si, efectivamente, julio tiene muchos días laborables y ningún festivo (al menos en muchas CCAA y localidades, que algunos hab tenido el 25/7 Santiago).
Por cierto, que es un tema que he planteado en otro post, en el caso de festivos (ya no hablo fines de semana o los días que corresponda el descanso semanal, me refiero a festivos oficiales que coincidan en día que, de no ser festivo oficial, sería laborable para el trabajador en cuestión), ¿los computas a efectos de confirmar la base mínima?. Yo entiendo que no (la norma habla de "base horaria por horas horas realmente trabajadas", aunque entiendo que en el caso de vacaciones se consideran como trabajadas a estos efectos) y por aquí, aunque hay quien me ha confirmado que lo ve igual, reconoce que su programa de nómina las computa y lo dejan así (?).
Y es que este mes de agosto tiene, como mínimo un festivo oficial (bueno y en julio se lo habrán encontrado los que al menos el 25 era festivo).
 

fundación

Miembro conocido
No tiene porqué ser SMI para que pase. En mayo tuve un caso, porque el calendario del tjdor. se generó sin tener el cuenta el 1 festivo y saltó la base.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
No tiene porqué ser SMI para que pase. En mayo tuve un caso, porque el calendario del tjdor. se generó sin tener el cuenta el 1 festivo y saltó la base.
Bueno, en mi caso no me he encontrado con este supuesto (tenemos pocos trabajadores a tiempo parcial y con salarios que en ningún caso pueden incidir las bases mínimas). Se trata de un caso de mi entorno próximo (pero como empresa) y con SMI y justo pasó en mayo, aunque, en realidad no tendría que haber pasado, si realmente los festivos no computan a estos efectos (ahora en julio ha vuelto a ocurrir, pero en este caso entiendo que de forma correcta, dado el número de días hábiles).
Dices que "el calendario del tjdor. se generó sin tener el cuenta el 1 festivo y saltó la base", por lo que, de haber estado informado ese festivo en el calendario del trabajador no hubiera saltado (y que corregistéis la base calculada por el programa de nómina). ¿Es así?
 

fundación

Miembro conocido
Bueno, en mi caso no me he encontrado con este supuesto (tenemos pocos trabajadores a tiempo parcial y con salarios que en ningún caso pueden incidir las bases mínimas). Se trata de un caso de mi entorno próximo (pero como empresa) y con SMI y justo pasó en mayo, aunque, en realidad no tendría que haber pasado, si realmente los festivos no computan a estos efectos (ahora en julio ha vuelto a ocurrir, pero en este caso entiendo que de forma correcta, dado el número de días hábiles).
Dices que "el calendario del tjdor. se generó sin tener el cuenta el 1 festivo y saltó la base", por lo que, de haber estado informado ese festivo en el calendario del trabajador no hubiera saltado (y que corregistéis la base calculada por el programa de nómina). ¿Es así?

Se dejó así por 3 euros de base.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Se dejó así por 3 euros de base.
OK, pero lo correcto hubiera sido no computar ese festivo a estos efectos, ¿no?
Es que es cierto que la diferencia puede ser poca (en el caso que comento era algo más, tal vez 15€) pero es un tema recurrente (como digo, este mes pasará lo mismo) y el gestor que lleva el tema no lo ve igual que yo (porque "su programa de nómina lo hace así" y lo hace así porque no tiene informados los festivos oficiales en el calendario del trabajador, por enteder que a estos efectos computan,; en fin que al final, entramos en bucle, pero yo entiendo que, más allá del impacto real, no es correcto lo que hace y al cabo del año podemos estar hablando de varias decenas de euros de cotización indebida por trabajador).
 
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