Buenos días.
Esta duda me la plantea un amigo que tiene una empleada de hogar cuidando a un familiar.
Recurrimos a vosotros ya que seguramente tenéis más conocimientos.
Esta empleada está de baja todo el mes de marzo.
¿Se le descuenta en la nómina la seguridad social del trabajador de igual manera que a otro empleado del régimen general? Es decir, el descuento de seguridad social, ¿es por el mes completo o solo los 8 primeros días ya que, creemos, que a partir del noveno día es pago directo por parte de la seguridad social?
¿El MEI se aplica a esta trabajadora de baja como siempre o existe alguna peculiaridad con este tipo de empleadas?
Gracias y un saludo.
Esta duda me la plantea un amigo que tiene una empleada de hogar cuidando a un familiar.
Recurrimos a vosotros ya que seguramente tenéis más conocimientos.
Esta empleada está de baja todo el mes de marzo.
¿Se le descuenta en la nómina la seguridad social del trabajador de igual manera que a otro empleado del régimen general? Es decir, el descuento de seguridad social, ¿es por el mes completo o solo los 8 primeros días ya que, creemos, que a partir del noveno día es pago directo por parte de la seguridad social?
¿El MEI se aplica a esta trabajadora de baja como siempre o existe alguna peculiaridad con este tipo de empleadas?
Gracias y un saludo.