Duda pagas extras centros concertados

Sadie

Miembro conocido
Buenos días,

A ver si me podéis echar una mano que tengo dudas con la paga extra de un amigo . Entró a trabajar en Octubre de 2016. Tuvo un salario mensual de 1521,56 euros durante el año 2017. En las nóminas de Enero a Junio de 2017 tiene un prorrateo de pagas extras de 253,59 euros. Sin embargo en la paga extra de Junio de 2017 sólo le ingresaron 1141 euros. Ha preguntado en la gestoría y le han dicho que como entró a trabajar en Octubre de 2016 no tiene la paga extra entera en Junio 2017. La de Diciembre 2017 sí que la percibió en su totalidad, 1521,56 €. El caso es que leyendo el convenio yo interpreto que las pagas se devengan en el año natural, no dependiendo del curso escolar.  Además si de Enero a Junio tiene un prorrateo de 253,59 euros , no debería coincidir la suma de estos prorrateos con el importe recibido en Junio de 2017? ¿No debería de haber percibido 253,59 x 6 meses = 1521,54 en lugar de los 1141 que recibió?

Reproduzco el convenio. Os agradezco la ayuda porque estoy descolocada.

El VI Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos

Artículo 60. Pagas extraordinarias.
Los trabajadores comprendidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio, percibirán como complemento periódico de vencimiento superior a un mes, el importe de dos gratificaciones extraordinarias, equivalentes cada una de ellas a una mensualidad del salario, antigüedad y complementos específicos. Se harán efectivas antes del 1 de julio y del 23 de diciembre de cada año.
Al personal que cese o ingrese en la empresa en el transcurso del año, se le abonarán las gratificaciones extraordinarias, prorrateándose su importe en proporción al tiempo de servicio.

Artículo 61. Prorrateo de pagas.
De común acuerdo entre el empresario y los trabajadores podrá acordarse el prorrateo de las gratificaciones extraordinarias entre las 12 mensualidades
 

Jotajota70

Nuevo miembro
El prorrateo de cada mes corresponde al 50% de la extra de junio y al 50% de la extra de diciembre. Por eso en diciembre cobro la paga completa y en junio solo la parte de octubre a junio. En diciembre del 2016 también debería haber cobrado la parte proporcional de la paga de diciembre.
 

Mr. White

Miembro activo
Hya que ver si el devengo es semestra o anual.

Si es anual, que es lo que parece, para cobrar la de verano 2017 íntegra debería llevar desde el 1 de junio de 2016....como lleva menos ha cobradoi l aprte propcorciobal...

Y para cobrar la de navidad 2017 íntegra, debe llevar desde diciembre de 2016...

En cualquier caso, si quiere reclamar algo de la de verano 2017 está a punto de prescribir o ya ha prescrito...

 

fundación

Miembro conocido
Como te han dicho, le han pagado la paga de verano  con devengo anual. A grosso modo, 1521,16*9/12 ~= 1141.
 

Sadie

Miembro conocido
Muchísimas gracias, Jotajota70, Mr White y Fundación !!. Obcequé con el devengo semestral que es lo que llevo viendo toda la vida.

En la nómina de Diciembre de 2016 tiene abonados 389,22 euros. Si es devengo anual , tendría que tener en cuenta los meses trabajados de Diciembre 2015 a Diciembre 2016 , por lo que habiendo empezado en Octubre 2016 serían 1521,56: 12 x 3 = 380,39. Hay una pequeña diferencia, pero sale.

Mil gracias! :)
 
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