Buenos días, me surge una duda con el plus de festivos, el convenio dice así:
Artículo 23.º – Días festivos obligatoriamente trabajados. La compensación de festivos se procederá de la siguiente forma: – Los tres primeros festivos trabajados, no procederá compensación alguna. – Del 4.º festivo al 7.º festivo, ambos inclusive, realizado por cada persona trabajadora, se abonará con un recargo del 50%, o se compensará cada hora trabajada por una hora y media. – Desde el 8.º festivo realizado hasta el duodécimo, ambos inclusive, se abonará con un recargo del 75%, o se compensará cada hora trabajada por una hora y tres cuartos.
El año pasado se dio de alta en la empresa una trabajadora, que va a trabajar todos los festivos, por lo que en 2024 se la pagó de acuerdo a los recargos que indica este artículo, mi duda viene ahora, en 2025 se la tiene que pagar con el 75% o como empieza nuevo año empieza otra vez con los tres primeros no se compensan y sigue así hasta el 8º? gracias
Artículo 23.º – Días festivos obligatoriamente trabajados. La compensación de festivos se procederá de la siguiente forma: – Los tres primeros festivos trabajados, no procederá compensación alguna. – Del 4.º festivo al 7.º festivo, ambos inclusive, realizado por cada persona trabajadora, se abonará con un recargo del 50%, o se compensará cada hora trabajada por una hora y media. – Desde el 8.º festivo realizado hasta el duodécimo, ambos inclusive, se abonará con un recargo del 75%, o se compensará cada hora trabajada por una hora y tres cuartos.
El año pasado se dio de alta en la empresa una trabajadora, que va a trabajar todos los festivos, por lo que en 2024 se la pagó de acuerdo a los recargos que indica este artículo, mi duda viene ahora, en 2025 se la tiene que pagar con el 75% o como empieza nuevo año empieza otra vez con los tres primeros no se compensan y sigue así hasta el 8º? gracias