Tengo una duda sobre el calculo de la Base reguladora de Incapacidad temporal en el caso de que existan horas extras y se trate de un contrato parcial.
Con el cambio de normativa de los contratos a tiempo parcial, el calculo para los mismos queda claro como calcularlo (desde el ultimo alta 3 meses anteriores a la baja dividido entre los días naturales que comprendan dichos meses. Como regla general). Pero me surge una duda en el calculo de la BR de Incpacacidad temporal de un trabajador a tiempo parcial por Contingencias Profesionales.
Me explico:
En las Contingencias profesionales el calculo de la BR diaria de IT (supongo que solo para las jornadas completas) Se consigue calculando la Base de Contingencias profesionales del mes anterior dividida entre 30 (28,29, o 31 si diario) más la suma de las Horas Extras del año anterior a la baja medica entre 365. Pero en los contratos a tiempo parciales solo veo que habla del calculo de los 3 meses anteriores dividido entre los días naturales no haciendo alusión alguna entre Contingencias Prof o Común. Mi pregunta es:
Para el calculo de la BR diaria de Incapacidad Temporal de CP en los contratos a tiempo parcial, ¿se ha de tener en cuenta también esta cirscunstancia o ya esta contemplada en la nueva normativa sobre los mismos?,
me explico mejor con este ejemplo:
Baja medica por accidente de trabajo 01/04/2015 y supongamos Base Contingencias profesionales Enero 1100 febrero 1100 y marzo 1100 con horas extra fuerza mayor cada mes incluidas de 100 .
En estos casos el calculo de la Base reguladora de Incapacidad Temporal por contingencias profesionales lo haríamos ¿por las Bases de contingencias profesionales de los 3 meses anteriroes directamente?, es deciR 1100+1100+1100 dividido entre los días naturales. Y el resultado seria nuestra base reguladora diaria que tendria derecho a cobrar por dia, ¿o por el contrario la base sin las horas extras (1000+1000+1000 dividido entre los dias naturales + la suma de las HE del año anterior / 365? igual que si fuera para calcular la Base reguladora de It por contingencias comunes. Extremo este que me parecería un poco engorroso y no se si tendría que añadir la adición de las horas extras del año anterior desde Marzo o desde Enero. Quizás me este liando un poco pero es que no lo veo muy claro el calculo de la IT en Cp a tiempo parcial.
Gracias de antemano.
Con el cambio de normativa de los contratos a tiempo parcial, el calculo para los mismos queda claro como calcularlo (desde el ultimo alta 3 meses anteriores a la baja dividido entre los días naturales que comprendan dichos meses. Como regla general). Pero me surge una duda en el calculo de la BR de Incpacacidad temporal de un trabajador a tiempo parcial por Contingencias Profesionales.
Me explico:
En las Contingencias profesionales el calculo de la BR diaria de IT (supongo que solo para las jornadas completas) Se consigue calculando la Base de Contingencias profesionales del mes anterior dividida entre 30 (28,29, o 31 si diario) más la suma de las Horas Extras del año anterior a la baja medica entre 365. Pero en los contratos a tiempo parciales solo veo que habla del calculo de los 3 meses anteriores dividido entre los días naturales no haciendo alusión alguna entre Contingencias Prof o Común. Mi pregunta es:
Para el calculo de la BR diaria de Incapacidad Temporal de CP en los contratos a tiempo parcial, ¿se ha de tener en cuenta también esta cirscunstancia o ya esta contemplada en la nueva normativa sobre los mismos?,
me explico mejor con este ejemplo:
Baja medica por accidente de trabajo 01/04/2015 y supongamos Base Contingencias profesionales Enero 1100 febrero 1100 y marzo 1100 con horas extra fuerza mayor cada mes incluidas de 100 .
En estos casos el calculo de la Base reguladora de Incapacidad Temporal por contingencias profesionales lo haríamos ¿por las Bases de contingencias profesionales de los 3 meses anteriroes directamente?, es deciR 1100+1100+1100 dividido entre los días naturales. Y el resultado seria nuestra base reguladora diaria que tendria derecho a cobrar por dia, ¿o por el contrario la base sin las horas extras (1000+1000+1000 dividido entre los dias naturales + la suma de las HE del año anterior / 365? igual que si fuera para calcular la Base reguladora de It por contingencias comunes. Extremo este que me parecería un poco engorroso y no se si tendría que añadir la adición de las horas extras del año anterior desde Marzo o desde Enero. Quizás me este liando un poco pero es que no lo veo muy claro el calculo de la IT en Cp a tiempo parcial.
Gracias de antemano.