Duda regularización autónomo IT

CC2019

Miembro activo
Buenos días compañeros, tengo una duda a cuenta de la dichosa regularización de autónomos.

Autónomo societario que en 2023 ha cotizado por una base mayor a la que le correspondía por ingresos (2720 frente a 1300 euros). Entiendo que no hay problema en que elija la base de 2022 (2500 euros), y esa será la base que le quedará como definitiva.

Ahora llegamos a 2024. Ha estado en baja de IT desde el 9/1 hasta el 15/12. Las bases provisionales han sido de 2720.

La duda es, con independencia de que la base real de 2023 fue 1300 euros (aunque se elija la de 2022), al haber estado de IT durante casi todo el 2024, ¿esas bases no son regularizables?

La cuestión no es baladí porque se jubila en junio de 2025, y cualquier bajada de base va a tener impacto directo en la cuantía de su pensión. Por tanto, la única manera que tendría en 2024 de mantener la base alta sería incrementando espectacularmente sus ingresos, cosa que es imposible.

Ruego quien pueda ayudarme me diga su opinión, muchas gracias.
 

Wastual

Nuevo miembro
Las bases de cotización del año 2024, a efectos del cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación, debido a que el futuro pensionista durante esa época estaba incluido en el RETA y en situación de IT durante prácticamente la totalidad del mismo, no son regularizables en modo alguno, tienen la consideración de definitivas y, por tanto, la cuantía de las mismas ya es "inmutable" y conocida: 2.720€, según indicas. Solo se corregirán los periodos 01/01/24-08/01/24 y 16/12/24-31/12/24 y, posiblemente, a base máxima (puesto que todos sus ingresos del año se repartirán únicamente entre esos 24 días).
 

CC2019

Miembro activo
Muchísimas gracias, la solución está publicada en algún sitio o es “cosecha propia”?
 

Cachilipox

Miembro conocido
Es lo que se deriva y deduce del Artículo Quinto del RD-L 13/2022, que modifica el RG de Cotización y Liquidación (RD 2054/1995).
Véase Articulo 46 del Reglamento de Cotización.

Es más, según esa normativa (en correlato con la normativa de la propia LGSS), no es regularizable ni el mes tenido en cuenta para el cálculo de la prestación IT (12/2023), ni el propio mes de inicio de la prestación (01/2024), ni ninguno de los subsecuentes donde se cobra prestación (02/2024 al 12/2024).

Por tanto aunque por las reglas de cómputo de los rendimientos reales habría que atribuir el 100 % del resultado anual solo a los 24 días de alta en enero y diciembre, al no ser esos meses regularizables, por estar cobrando parcialmente el subsidio IT, todo el año 2024 pasa a ser ya firme y definitivo.
 
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