Duda reincorporación maternidad para alegar despido nulo

Pablolf

Miembro
El despido se produce el día 14 del mes X, justo el día en que finaliza la prestación por maternidad reconocida, según el documento del INSS. Entiendo que el día 14 en que finaliza la prestación por maternidad es inclusive, y que la reincorporación se hace efectiva al día sihuiente (el 15) y por tanto tendría que alegar para la nudalidad el art. 55.5.a) del ET y no el 55.5.c) del ET por despido tras la reincorporación de la maternidad no habiendo pasado más de 9 meses.

Gracias a quién que me pueda aclarar la duda :)
 

Pablolf

Miembro
Si, perdón, es que me lié con la fecha de reincorporación de si era el día que dice el papel del INSS o el día siguiente. Y entiendo que es el siguiente.
 

Mr. White

Miembro activo
De todas formas, más allá de la nulidad objetiva, resulta claro que si no hay causa para despido y se despide a los 9 meses y 5 días del nacimiento del hijo, sigue siendo nulo.

Es como con los que estaban con la escuadra y el cartabón contando periodos sucesivos de 90 días para no entrar en despido colectivo...

Art. 7.2 CC:  La ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo. Todo acto u omisión que por la intención de su autor, por su objeto o por las circunstancias en que se realice sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, dará lugar a la correspondiente indemnización y a la adopción de las medidas judiciales o administrativas que impidan la persistencia en el abuso.
 

Pablolf

Miembro
Buena apreciación. Espero que el sr o sra juez la tenga conmigo ya que pido despido nulo en una empleada de hogar, y en esa relación especial no existe tal figura en el RD que la regula, luego la jurisprudencia lo ha resuelto con la nulidad del 55.5 del ET pero como no puede reincorporar a la empleada por el tema de que la empresa es el domicilio, y este es inviolable, dan la indemnización del despido improcedente (algunos como el TSJ de Madrid dan la indemnización del improcedente del ET y no del RD de empleadas de hogar). Así que en definitiva espero que lea bien los fundamentos jurídicos y no se ralle al ver que se pide el despido nulo y la indemnización por despido improcedente del ET  ;D
 
Arriba