Buenas tardes,
En caso de una empresa que ya estuvo en ERTE en marzo, ya reincorporó en su día a los trabajadores y renunció al ERTE, ahora solicita que un nuevo ERTE por IMPEDIMENTO.
¿Es necesario volver a enviar el certific@ con las bases de los 180 días anteriores al nuevo ERTE? ¿O como los trabajadores van a recuperar una prestación anterior solo hay que enviar la solicitud colectiva?
En caso de una empresa que ya estuvo en ERTE en marzo, ya reincorporó en su día a los trabajadores y renunció al ERTE, ahora solicita que un nuevo ERTE por IMPEDIMENTO.
¿Es necesario volver a enviar el certific@ con las bases de los 180 días anteriores al nuevo ERTE? ¿O como los trabajadores van a recuperar una prestación anterior solo hay que enviar la solicitud colectiva?