Duda sobre ERE de Reducción de Jornada

signifer

Miembro
Buenas tardes

Una duda sobre este tema

Una empresa que tiene un ERE de reducción de jornada. Se fijó una reducción de jornada del 50%, considerando que sería una reducción máxima.

La idea es que por motivos de demanda querían,  cuando fuese necesario, aplicar una reducción del 50%. Entonces trabajarían 4 horas al día y 4 no. Pero eso seria un máximo. Si la actividad lo permite quieren que la reducción sea la menor posible, incluso ninguna. Ahora tiene carga de trabajo para que la reducción sea solo del 25%.

¿Os parece que esto no es posible si se comunica el calendario de aplicación y el porcentaje de reducción aplicado a la consejería de empleo y al SEPE?

Parece que les dicen en la consejería que como el ERE se presentó con un 50%, no se puede variar la reducción, aun siendo a la baja.

Yo no encuentro el argumento legal para que no se pueda, si se comunica y teniendo en cuenta que estas posibles modificaciones las habían previsto en el acuerdo con los trabajadores que presentaron. Entiendo que al alza no se pueda pero no veo el problema, ni el perjuicio para el SEPE, en comunicar menor reducción.

En mis estudios sobre el tema he visto que si los trabajadores tienen el contrato suspendido por una IT o por situaciones análogas como vacaciones, el ERE no puede aplicarse. Entiendo yo que para que no se aplique, habrá que comunicar que no se aplica el ERE de una fecha a otra a ese trabajador, para que no le paguen el paro. Para mi, lo de comunicar una reducción menor entre una fechas es parecido.

¿conocéis casos así? ¿cómo se puede hacer entonces?

Un saludo


 

FERNANDO

Miembro conocido
Depende de los términos del pacto. Pero, claro, si has pactado una cosa, luego no lo puedes variar, entiendo.
 

signifer

Miembro
Pero es que lo pactado es precisamente que se puede variar para disminuir la reducción y aumentar la jornada de trabajo por aumento de la demanda de servicios y desde luego se hace con el acuerdo de los trabajadores.

Lo que yo estoy buscando es si hay algún impedimento legal que pueda alegar el SEPE o la autoridad laboral, cuando se les presente los periodos con menor reducción de jornada de la inicialmente fijada.

Saludos
 

mafaldasur

Nuevo miembro
NO debe haber ningún impedimento, ya que el que concede lo más , accede a lo menos.
En los ertes que he tenido no he tenido ningún problema con eso, incluso hubo trabajadores que finalmente y por necesidades de la empresa, no hubo que mandarlos al inem. Un saludo
 

signifer

Miembro
FERNANDO dijo:
Pues, entonces, sí puede. Si no aceptan los trabajadores; a sancionar o despedir.

No, si los trabajadores no tienen ningún problema. Así se pactó que se podía hacer y lo tienen claro. Los problemas los pone algún funcionario de la autoridad laboral o del SEPE consultados sobre la comunicación de la modificación, a los que esto les parece raro. Como si no hubiesen visto nunca algo así.

Saludos
 
Arriba