duda sobre vía a utilizar (despido o derecho)

juan ramon fdez

Nuevo miembro
Buenas tardes; me gustaría compartir con vosotros una duda que me ha surgido.
El supuesto de hecho, es un negocio que es traspasado y el empleador saliente da de baja al empleado como despido por jubilación de su titular, constando esto en la baja Seguridad Social, ya que nada se le ha comunicado al trabajador. El nuevo empleador le da de alta al día siguiente pero no le respeta antigüedad. La duda es, interpongo demanda por despido al saliente o una demanda por derechos al empleador entrante y al saliente, o interpongo las dos vías, derechos y cantidad. Esta última es la que más me convence...
¿Qué decís vosotros?

Muchas gracias por vuestras sabias aportaciones, que muchas veces nos vemos solos en el desierto y si no nos ayudamos entre todos, a ver qué sería de nosotros. Reitero las gracias....Saludos...
 

Ro

Miembro activo
Alucino cambia la titularidad de la empresa y no le comentan nada al trabajador?? Yo reclamaría cantidades y derechos, pero ojo, no conservará su puesto de trabajo.
 

Mr. White

Miembro activo
Yo demandaba por despido improcedente a los dos, jubilado y nueva empresa, por aquello del litisconsorcio pasivo necesario...obviamente, a la nueva empresa no la van a condenar porque no ha despedido, pero en ese pleito se resolverá si ha habido subrogación o no...

Para la declarativa de derecho y la de cantidad tienes un año, así que vete primero a por el despido...
 

Mr. White

Miembro activo
pero ojo, no conservará su puesto de trabajo.

Hombre, para algo está el principio de indemnidad...por eso es mejor demandar a ambos, jubilado y nueva empresa...si luego la nueva empresa toma represalia, denuncia a la inspección...y si le despiden, a por el nulo...
 

FERNANDO

Miembro conocido
No reclámaría por despido,pues no existe; reclamaría por reconocimiento de  antigüedad. Simplemente.
 

Ro

Miembro activo
Aún así debe denunciar a las dos empresas. Pues sin el reconocimiento de la primera no habrá la antigüedad en la segunda que es la que subroga.
 

juan ramon fdez

Nuevo miembro
Muchas gracias por vuestra ayuda. Después de haber leido las opiniones, me decantaré por utilizar las dos vías, despido y derechos, creo que no tengo nada que perder, demandando a las dos empresas. Lo más es que el Juez/a me saque los colores, jajajaja....

Saludos....
 

Silva

Nuevo miembro
Alguien me puede decir a que os referís cuando habláis de "cantidad" Derecho, supongo que es el derecho a que se le reconozca la antigüedad. Despido supongo que lo planteáis porque el empresario que se jubila le habrá hecho una baja voluntaria. Aprovecho para decir que lo más lógico que veo es reclamar el derecho a la antigüedad a los dos empresarios.
Otra duda. ¿Se puede demandar por despido y si lo pierdes, reclamar el derecho posteriormente?

 

juan ramon fdez

Nuevo miembro
Hola Silva, te lo explico, hay una errata, cuando se habla de cantidad, realmente ha de decir, derecho, porque como bien apuntas, no es un procedimiento de cantidad lo que se debiera de abrir en casos como este, sino el de derechos...

Yo también me inclino por interponer demanda por despido, pues eso es lo que le ha comunicado la Tesorería General de la Seguridad Social en el SMS que le remiten a la trabajadora, si bien considero igualmente, que la relación laboral sigue estando viva, porque el entrante o subrogante, la ha vuelto a dar de alta, de ahí que me haya inclinado por demandar al empresario saliente, pero también al entrante en el despido e igualmente, en el de derechos para que le reconozcan la antigüedad, pues le van a obligar firmar un nuevo contrato sin fecha de antigüedad. Esto último, según mi criterio es papel mojado, porque los derechos de los trabajadores son irrenunciables....

No se si te lo he aclarado...

Reitero las gracias....
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, si hay subrogación empresarial, el despido no existe. Ya digo; demanda de reconocimiento de antigüedad y punto.
 
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