DUDA SUBROGACION

loli

Miembro
Empresa que pasa a ser subrogada a partir del 01/04/16 por otra empresa, he dado de baja a todos los empleados con codigo baja seguridad social 99, pero tengo algun trabajador que solicitó excedencia antes de de la fecha de subrogacion de la empresa q es el 31/03/16, es decir lo di de baja en seguridad social por excedencia el 14/03/16....obviamente no les puedo dar de baja 31/03/16 como al resto puesto q ya le di, q debo hacer para que se entiendan han sido subrogados?


 

FERNANDO

Miembro conocido
En primer lugar, no es 99, es 54.

En cuanto a la excedencia, pues habría que ver: si es convencional se tendría que ver si el convenio recoge la excedencia voluntaria como causa de subrogación o no. si es legal, pues el nuevo empresario se subroga en derechos y obligaciones con el anterior.

 

loli

Miembro
gracias

al darlos de alta en la seguridad socialy que los trabajadores conserven su antigüedad, al ser una subrogación, que debo rellenar el fic especifico y anotar la fecha antiguedad? o debo hacer algo más?

gracias
 

Naru

Nuevo miembro
Utilizo este post para no abrir otro, puesto que tengo una duda en unas subrogaciones. Al SEPE, ¿que documentación debemos aportar? Tenemos el documento para comunicar la subrogación firmado por el trabajador, pero no sé si nos pedirán los contratos o alguna documentación de los trabajadores. (más que nada por no perder dos días de trámites en el SEPE  ;) )

En cuanto a Seguridad Social, únicamente dar de baja a los trabajadores y volverlos a dar de alta en el nuevo CCC, ¿verdad? Creo que no hay que aportar documentación ¿no?

Gracias!
 

Naru

Nuevo miembro
Tal y como decía mafaldasur nos solicitaron el TA8, y un anexo especificando los trabajadores que se subrogaban. En el SEPE no nos recogieron la comunicación de la subrogación porque eran trabajadores con contratos indefinidos, hice una consulta en el buzón de contrata y me contestaron: Las tareas de DECLARACIÓN DE SUBROGACIÓN y SUBROGACIÓN DE CONTRATO son SÓLO a efectos de la comunicación laboral por internet, no surtiendo efectos legales de ningún tipo y sirviendo, exclusivamente, para que, al comunicar la prórroga, transformación, llamamiento u horas complementarias del contrato subrogado, aparezcan en el pdf los datos de la empresa subrogante, no siendo, por tanto necesario realizarlas si el contrato es INDEFINIDO, salvo si es fijo discontinuo y se le vayan a hacer llamamientos o un parcial al que se les vaya a realizar el pacto de horas complementarias.
Por si os sirve de ayuda en casos futuros  ;)
 
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