Duda vacaciones

IRIA80

Miembro
Un trabajador finaliza su contrato de interinidad bonificado. A continuación le van a hacer en la misma empresa un contrato eventual para cubrir vacaciones y lactancia. El caso es que del contrato de interinidad tiene vacaciones x disfrutar, que la van a abonar al finalizar el contrato. No pasa nada porque se solapen estas vacaciones con el inicio del contrato eventual, verdad?
 

Argi

Miembro conocido
Hola,
No, en mi opinión. Siempre sería mejor dejarlo por escrito...
Que tenga en cuenta que si el contrato es, según dices, bonificado imagino que por maternidad, pues la cotización L13 de las vacaciones no disfrutadas también estaría bonificada.
Saludos,
 

fundación

Miembro conocido
Se puede cotizar por las vacaciones aunque solapen con el nuevo contrato, pero sin bonificación porque ésta se extingue por el transcurso del plazo por el que se concedió la misma, salvo mejor opinión.
 

Argi

Miembro conocido
Pues yo creo que son L13 bonificadas. Se trata de unas vacaciones generadas en un periodo bonificado.
¿alguna aportación más?
 

fundación

Miembro conocido
Ah bien, si lo dice Casia. No obstante el IDC indica el tramo de fechas entre los que se puede aplicar la bonificación, y luego esto no sé cómo quedó:

 

VILA100

Miembro conocido
Yo también lo veo raro porque el mismo contrato genera diferente resultado según haya vacaciones no disfrutadas (mayor bonificación) o no. Tal vez, la norma se refiera a l13 de días dentro del tope, por ejemplo, fin sustitución 30/06 y baja 25 con 5 días de l13

Salu2
 
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