Dudas del regimen agrario

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V

val2005

Guest
Buenas tardes.

Después de varias consultas en TGSS hay varias dudas del regimen agrario que no tengo claras.

- ¿las jornadas reales se comunican a mes vencido? ¿esto no puede provocar la picaresca de algunos empresarios agrarios? Es decir, comunicar que sólo se ha trabajado X días cuando en realidad se ha trabajado más días.
- Según me han comentado, el empresario SOLO cotiza por las jornadas reales prestadas, y los demás días (los días de inactividad), el trabajador no los cotiza a no ser que él pida que se le incluya en el censo agrario. ¿esto es así?
 

CRISTINA

Nuevo miembro
Efectivamente las jornadas reales se comunican en los seis dias primeros del mes siguiente, cuando acaba el mes es cuando se sabe las jornadas que se han realizado.
El empresario cotiza por los días trabajados y el resto si es inferior a 23 van a cargo del trabajador directamente.
 
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