HOLA, BUENOS DIAS, OS PLANTEO MI DUDA PARA VER SI ALGUNO ME PODEIS ORIENTAR AL RESPECTO:
UN TRABAJADOR AUTONOMO TIENE EN SU PLANTILLA A DOS HIJOS SUYOS TRABAJANDO (MISMO DOMICILIO FAMILIAR) Y ESTAN INCLUIDOS EN EL AUTONOMO COMO COLABORADORES FAMILIARES.
A ESTOS HIJOS LES HAGO MENSUALMENTE UNA NOMINA DE 1.800 EUROS QUE UNIDO A LAS DOS PAGAS EXTRAS, HACEN UN TOTAL ANUAL DE 25.000 EUROS.
CALCULO LAS RETENCIONES QUE LES CORRESPONDERIA POR ESTA CANTIDAD Y CON SU SITUACION FAMILIAR (AMBOS SON SOLTEROS) ME SALE UNA RETENCION (HIPOTETICA) DE UN 17%., PERO EN NINGUN CASO A LA HORA DE CALCULAR LA RETENCION DE IRPF TENGO EN CUENTA EL GASTO DE SEGURIDAD SOCIAL.
ME COMUNICA LA EMPRESA QUE EN SU ANTERIOR ASESORIA NO LE TENIAN EN CUENTA EL GASTO ANUAL DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS COLABORADORES FAMILIARES (EL PAGO DE AUTONOMO) PORQUE EL RECIBO MENSUAL LO ABONA EL EMPRESARIO TITULAR Y NO LOS HIJOS Y POR LO CONSIGUIENTE NO ES UN GASTO A TENER EN CUENTA AL CALCULAR SU IRPF.
CREO QUE ME ESTOY LIANDO INTENTANDO DE EXPLICAR ESTE TEMA ....
ASI QIE ESA ES MI DUDA:
¿ SI LOS AUTONOMOS DE LOS HIJOS (AUTONOMOS FAMILIARES) LOS PAGA EL PADRE ¿eSTA BIEN CALCULADA LAS RETENCIONES SIN INDICAR EL GASTO DE SEGURIDAD SOCIAL?.
¿PENSAIS QUE SERIA MAS CONVENIENTE QUE ESTE GASTO DE S.SOCIAL LO ABONASES CADA UNO DE LOS COLABORADRES FAMILIARES Y DE ESA FORMA DESCENDERIA EL TANTO POR CIENTO DE RETENCION?.
qUE LIOOOOOOOOOO!!
ESPERO VUESTRA AUDA, GRACIAS
UN TRABAJADOR AUTONOMO TIENE EN SU PLANTILLA A DOS HIJOS SUYOS TRABAJANDO (MISMO DOMICILIO FAMILIAR) Y ESTAN INCLUIDOS EN EL AUTONOMO COMO COLABORADORES FAMILIARES.
A ESTOS HIJOS LES HAGO MENSUALMENTE UNA NOMINA DE 1.800 EUROS QUE UNIDO A LAS DOS PAGAS EXTRAS, HACEN UN TOTAL ANUAL DE 25.000 EUROS.
CALCULO LAS RETENCIONES QUE LES CORRESPONDERIA POR ESTA CANTIDAD Y CON SU SITUACION FAMILIAR (AMBOS SON SOLTEROS) ME SALE UNA RETENCION (HIPOTETICA) DE UN 17%., PERO EN NINGUN CASO A LA HORA DE CALCULAR LA RETENCION DE IRPF TENGO EN CUENTA EL GASTO DE SEGURIDAD SOCIAL.
ME COMUNICA LA EMPRESA QUE EN SU ANTERIOR ASESORIA NO LE TENIAN EN CUENTA EL GASTO ANUAL DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS COLABORADORES FAMILIARES (EL PAGO DE AUTONOMO) PORQUE EL RECIBO MENSUAL LO ABONA EL EMPRESARIO TITULAR Y NO LOS HIJOS Y POR LO CONSIGUIENTE NO ES UN GASTO A TENER EN CUENTA AL CALCULAR SU IRPF.
CREO QUE ME ESTOY LIANDO INTENTANDO DE EXPLICAR ESTE TEMA ....
ASI QIE ESA ES MI DUDA:
¿ SI LOS AUTONOMOS DE LOS HIJOS (AUTONOMOS FAMILIARES) LOS PAGA EL PADRE ¿eSTA BIEN CALCULADA LAS RETENCIONES SIN INDICAR EL GASTO DE SEGURIDAD SOCIAL?.
¿PENSAIS QUE SERIA MAS CONVENIENTE QUE ESTE GASTO DE S.SOCIAL LO ABONASES CADA UNO DE LOS COLABORADRES FAMILIARES Y DE ESA FORMA DESCENDERIA EL TANTO POR CIENTO DE RETENCION?.
qUE LIOOOOOOOOOO!!
ESPERO VUESTRA AUDA, GRACIAS