DUDAS SOBRE SEGURIDAD SOCIAL DE AUTONOMOS

JAVIER_R

Miembro activo
HOLA, BUENOS DIAS, OS PLANTEO MI DUDA PARA VER SI ALGUNO ME PODEIS ORIENTAR AL RESPECTO:


  UN TRABAJADOR AUTONOMO TIENE EN SU PLANTILLA A DOS HIJOS SUYOS TRABAJANDO (MISMO DOMICILIO FAMILIAR) Y ESTAN INCLUIDOS EN EL AUTONOMO COMO COLABORADORES FAMILIARES.

  A ESTOS HIJOS LES HAGO MENSUALMENTE UNA NOMINA DE 1.800 EUROS QUE UNIDO A LAS DOS PAGAS EXTRAS, HACEN UN TOTAL ANUAL DE 25.000 EUROS.

CALCULO LAS RETENCIONES QUE LES CORRESPONDERIA POR ESTA CANTIDAD Y CON SU SITUACION FAMILIAR (AMBOS SON SOLTEROS) ME SALE UNA RETENCION (HIPOTETICA) DE UN 17%., PERO EN NINGUN CASO A LA HORA DE CALCULAR LA RETENCION DE IRPF TENGO EN CUENTA EL GASTO DE SEGURIDAD SOCIAL.

  ME COMUNICA LA EMPRESA QUE EN SU ANTERIOR ASESORIA NO LE TENIAN EN CUENTA EL GASTO ANUAL DE SEGURIDAD SOCIAL DE LOS COLABORADORES FAMILIARES (EL PAGO DE AUTONOMO) PORQUE EL RECIBO MENSUAL LO ABONA EL EMPRESARIO TITULAR Y NO LOS HIJOS Y POR LO CONSIGUIENTE NO ES UN GASTO A TENER EN CUENTA AL CALCULAR SU IRPF.

  CREO QUE ME ESTOY LIANDO INTENTANDO DE EXPLICAR ESTE TEMA ....

  ASI QIE ESA ES MI DUDA:

  ¿ SI LOS AUTONOMOS DE LOS HIJOS (AUTONOMOS FAMILIARES) LOS PAGA EL PADRE ¿eSTA BIEN CALCULADA LAS RETENCIONES SIN INDICAR EL GASTO DE SEGURIDAD SOCIAL?.

  ¿PENSAIS QUE SERIA MAS CONVENIENTE QUE ESTE GASTO DE S.SOCIAL LO ABONASES CADA UNO DE LOS COLABORADRES FAMILIARES Y DE ESA FORMA DESCENDERIA EL TANTO POR CIENTO DE RETENCION?.

  qUE LIOOOOOOOOOO!!

  ESPERO VUESTRA AUDA, GRACIAS
 

toni

Miembro conocido
Si el autonomo lo pago yo, es un gasto para mi y por tanto lo tengo en cuenta para el calculo del irpf, pero si mi autonomo lo paga mi jefe, no es un gasto para mi, por lo tanto...
 

JAVIER_R

Miembro activo
Muchas gracias.... entonces si el autonomo lo paga mi jefe, es un  gasto para el y en ese caso, deberia de aparecer ese autonomo en nómina como concepto en especie (sumando y restando?). Gracias
 

elchuske

Miembro conocido
no liaros. El autonomo es personal lo pague quien lo pague. De tal manera que::: si lo paga el padre debe indicar en la nomina de los hijos un pago en especie y declararlo asi. Para el padre neutral fiscalmente , paro los hijos tendra un ingreso en especie y una aportacion a la seguridad social del mismo importe.
Lo normal es que lo pagaran los hijos de su bolsillo y que el padre les pague lo que le de la gana. En su declaracion de renta pondran lo que le ha pagado el padre segun certifciado y se deduciran cuotas de autonomos .
Y el autonomo de los hijos NUNCA es un gasto para el padre.
 

staples

Miembro activo
Respecto a esta pregunta que estaís respondiendo.
¿Veis obligatorio hacer a un familiar colaborador que paga su autonomo una nómina sin convive con el empresario y está a su cargo?

Un saludo
 

GEMMA P

Nuevo miembro
No es obligatorio.
Se hace para poder deducir los gastos.
En la renta el hijo, deberá declararlo.
 
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