Dudas

Alfonso

Nuevo miembro
Tengo dos dudas, la 1ª es si un trabajador tiene una jornada laboral superior a seis horas tiene un derecho a descanso de 15 minutos no retribuidos, por ello, quiere pactar con la empresa el trabajar 15' más cada días¿puede el trabajador comprometerse a no reclamar en un futuro por exceso de horas?
la 2ª es que tenemos una inspeccion porque no se han cotizado los salarios de tramitación en un reconocimiento de improcedencia en conciliación, el contrato era de duración determinada y al finalizar la trabajadora nos dijo que reclamaría por contrato indefinido, en el acuerdo se pactó una indemnización y no salarios. Ahora, a la vista de la inspección hemos transmitido estos salarios a través de red y los pagaremos a fin de mes con el recargo correspondiente. Podemos ser sancionados por ello? en caso afirmativo, cuanto puede ser la sanción?
gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
1.- No, no puede reclamar nada. Los 15 minutos de jornada, si no se pacta nada, no son jornada laboral.

2.- En cuanto a los salarios de trámite, si no pactas pagarlos, al menos debes cotizar por bases mínimas....
 

Alfonso

Nuevo miembro
La cuestión es si, dado que no se retribuye, lo cual estamos todos de acuerdo, se puede prorrogar 15' más la jornada para compensar esos 15' no trabajados. No se puede dar el caso que el trabajador reclamase ese exceso en un futuro como horas extras?. Sabes si hay jurisprudencia, he oido hablar de una sentencia del supremo pero no la localizo.

Un saludo
 

Nando_bcn

Miembro conocido
A ver... (por lo de posibles mejoras consolidadas) ¿ahora le estáis retribuyendo esos 15 minutos de descanso?
(parto de la base de que el convenio aplicable no contempla expresamente ese tiempo como de trabajo efectivo)
 

Alfonso

Nuevo miembro
En este momento tiene un horario partido, se le quiere poner un horario continuado de 08,00 a 16,00 horas,  la cuestión es que si tiene 15' de descanso  según ley, es decir, no retribuido, lo puede compensar con 15' más, es decir, salir a las 16,15 horas sin que quepa reclamar horas extras  posteriormente por este exceso de 15'

Un saludo
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Si el convenio no establece expresamente el considerar esa pausa de 15 minutos (obligatoria al tratarse de una jornada continua superior a 6 horas)  como de tiempo de trabajo efectivo, y si estamos hablando de una jornada diaria de 8 horas, con una jornada de 8 a 16:15 y con ese descanso, se cumple escrupulosamente con la jornada ordinaria. No hay,por tanto exceso de jornada que pueda generar horas extras.

Otra cosa es como articuleis ese cambio de jornada. Entiendo que se trata de un acuerdo entre empresa y trabajador. Mas que pactar no reclamar (si realmente hay un exceso de jornada enbtiendo que puede reclamar por mucho que pacteis que no lo haga), es cuestion de dejar bien clara cual es la jornada, el definir el descando se 15 minutos como tiempo no efectivo (si el convenio no lo impide) y punto.

Saludos
 
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