dudica tonta

Nana

Miembro conocido
Hola compañeros

una duda tonta, empresa que quiere reincorporar a un empleado con reducción de jornada. Este trabajador tiene, de normal, una jornada de 37 horas semanales, y quiere incorporarle 7 horas

entiendo que al estar entre el 10% y el 70% de la jornada no habría problema, ¿verdad? Según mis cálculos de persona de letras puras, si trabajaba 37 horas y ahora pasa a 7 horas, hace un 18.91% de su jornada, y, por tanto, entre los limites del ERTE por reducción

¿es así o estoy ya para el velatorio?

GRACIAS!!
 

Cachilipox

Miembro conocido
Al revés!!!!!

Tienes la obligación de incorporarlo para realizar una jornada de entre el 30 % y el 90 % (para que la "reducción" sea de entre el 10 % y el 70 %).

En ERTE reducción, jornada 37 horas:
Mínimo a trabajar/cotizar CTP 11 horas 6 minutos
Máximo a trabajar/cotizar CTP 34 horas 18 minutos
 

NOEMI

Miembro conocido
aprovecho tus conocimientos: si trabaja un 32% está dentro verdad? yo tampoco me empano.....
 

Cachilipox

Miembro conocido
NOEMI dijo:
aprovecho tus conocimientos: si trabaja un 32% está dentro verdad? yo tampoco me empano.....

Sí.

La reducción para un ERTE "reducción" (o sea, el tiempo NO trabajado), debe ir de 10 % a 70 %.
En horarios habituales, de media jornada a 3 jornadas y media por semana.
Tiene que trabajar al menos 1,5 días equivalentes, y no puede trabajar más de 4,5 días equivalentes.
Si la reducción es en menos o en más de esas cuantías, se entiende que ya no cumple el estandar de un ERTE "protegible", y debieramos usar otras figuras.

(Nota: para reducciones coyunturales de hasta un 10 %, se entiende que ya existe el artículo 34.2 del ET, que puede servir para esas cosas. Para una reducción de más de un 70 %, lo procedente sería pasarse a un ERTE "suspensión", y concentrar días de trabajo en periodos cortos)
 

Nana

Miembro conocido
Como sigo con lo mio

trabajador que en su jornada normal está a 40 horas, y le quieren rescatar del ERTE 6 semanales, sí se podría, ¿verdad?

Mira es que no me fío de mi misma  :-[ :-[

un saludo
 

Cachilipox

Miembro conocido
6 horas semana en jornada de 40 horas es trabajar solo un 15 %. Por tanto, un 85 % no trabajado.
La reducción (lo no trabajado) debe ir del 10 % al 70 %.
En trabajadores a 40 horas semanales, lo trabajable para "reducción" debe ir de 12 horas a 36 horas. Ni menos ni más.
 

Nana

Miembro conocido
Cachilipox dijo:
6 horas semana en jornada de 40 horas es trabajar solo un 15 %. Por tanto, un 85 % no trabajado.
La reducción (lo no trabajado) debe ir del 10 % al 70 %.
En trabajadores a 40 horas semanales, lo trabajable para "reducción" debe ir de 12 horas a 36 horas. Ni menos ni más.

NECESITO VACACIONES  :'(

Millones de gracias Cachilipox  :)
 
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