Dudilla

N

Nana

Guest
Buenos días,
tenemos un conflicto aqui en la ofi:

Empresa con 11 trabajadores, 3 de ellos socios trabajadores, a la hora de estar legalmente obligados a tener un representante de los trabajadores nos surge el "problema"
A) un compi dice que ya estan obligados pues la empresa cuenta con más de 10 trabajadores
B) otro dice que obligados no estan, ya que los socios trabajadores no se cuentan como trabajadores (?¿? :eek:), pero que si quieren tener representante pueden porque la Ley se lo permite

Yo opino como la A, pero claro, me gustaria asegurarme antes de meterme a tope y meter la pata  ;)

Gracias!
 

elchuske

Miembro conocido
pues a mi entender solo cuentan aquellos trabajadores dados de alta en la empresa, Si los socios estan en el RETA entiendo que no computan ya que no tedrian derecho a voto en el tema de eleccion de representantes .
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Permitidme un matiz.
Ninguna empresa está "legalmente obligada" a tener representantes de los trabajadores (delegados de personal o comité de empresa, según el volumen de plantilla).
El promover elecciones es  una opción que los trabajadores o otras entidades legitimiadas a ello (sindicatos más representativos...) puden ejercer o no.
Y si no se promueve (obviemente, entendiendo que la Empresa no ha entorpecido tal iniciativa), n o pasa nada.
Lo que sucede es que si la empresa no tiene más de 10 trabajadores, las elecciones sólo pueden promoverse así lo deciden mayoritariamente los trabajadores.

Saludos
 
N

Nana

Guest
Sí, disculpad; ha sido una mala eleccion de palabras

Muchas gracias a todos
 
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