DURACION MAXIMA DE CONTRATOS ENCADENADOS

rosefr

Nuevo miembro
Buenas tardes chic@s!

Mi duda es la siguiente.
Tengo una empresa que tiene una trabajadora desde septiembre de 2014 y ahora en sept de 2015 se le termina el contrato (402). La empresa le quiere hacer otro contrato de obra o servicio (401) para no poner fecha fin y asi poder estar los 3 años que permite este contrato. Pero segun la reforma que hubo, los contratos encadenados no pueden estar más de 24 meses.

Le podría hacer este contrato cuando termine el 402?

Espero que me podáis ayudar.


Gracias


SAludos :)
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Efectivamente, independientemente del límite específico de los contratos de obra o servicio (3 años o incluso 4 si el convenio lo permite) jugaría el límite de 24 meses en un  periodo de referencia de 30 meses en la sucesión de varios contratos de duración determinada (aunque alguas modalidades quedan excluidas de este limite, tanto el eventual como el de obra o servicio quedan incluídos). Por tanto, si se quiere empalmar uno con otro, más allá de los 12 meses del nuevo contrato, la relación  laboral sería indefinida.

En cualquier caso, antes de todo ello, imagino que ya te has planteado el que exista una causa de temporalidad adecuada a cada uno de los distintos contratos que quieres hacer. Probablemente lo has hecho y existe esa causa distinta y adecuada a cada contrato, pero como es una cuestión que no llegas a exponer en su post ...(¿hará lo mismo? ¿bajo las mismas circunstancias? de ser el caso... ¿es defendible que lo que ahora consiotuye una acumulacion de tareas dentro de la actividad normal de la empresa pueda ser considerado como una actividad específica, de caracter temporal y diferenciada de la actividad normal de la empresa?)
Vamos, lo digo por si has hecho reparar al cliente en que no se trata simplmemente de hacer un contrato por el tiempo que quiera o hasta donde los limites temporales permitan, sino que la contratación temporal (salvo excepciones) es causal, de forma que cada contrato temporal debe basarse en una causa de temporalidad real, adecuada a cada modalidad y acreditable. Y luego, al margen de esto, habrá que tener en cuenta los limites temporales, los espécíficos de cada modalidad contractual y, en su caso, los conjuntos (como este de la concatenación).

Saludos
 

rosefr

Nuevo miembro
Muchas gracias Nando_bcn.

Si, me he planteado la causa para el nuevo contrato, pero el cliente no quiere entender que las tareas van a ser las mismas, porque aúnque sea una farmacia y le ponga que va a estar por una campaña de algún cosmético o cosas de esas que tienen alli, la campaña no dura un año y las tareas de la trabajadora serían la dispensación de medicamentos y productos farmacéuticos, por lo que va a hacer las mismas tareas que en el contrato principal  y como haya una inspección a ver como se lo cuenta  y que cuele...

La cuestion es que, por lo que me cuentas, si podría hacerle el contrato, lo unico que la causalidad del nuevo tendría que ser totalmente distinta al de circunstancias de la producción. Ya después si no se ve muy clara la situación y el cliente quiere seguir adelante con el nuevo contrato se tendrá que hacer responsable de las consecuencias que pueda haber, no?

Gracias.


Saludos
:)
 

Nando_bcn

Miembro conocido
rosefr dijo:
Si, me he planteado la causa para el nuevo contrato, pero el cliente no quiere entender que las tareas van a ser las mismas, porque aúnque sea una farmacia y le ponga que va a estar por una campaña de algún cosmético o cosas de esas que tienen alli, la campaña no dura un año y las tareas de la trabajadora serían la dispensación de medicamentos y productos farmacéuticos, por lo que va a hacer las mismas tareas que en el contrato principal  y como haya una inspección a ver como se lo cuenta  y que cuele...

Como haya una inspección o, simplemente, como el trabajador esté mínimamente bien asesorado cuando, llegado el momento, se pretenda poner fin a su contrato temporal.
En fin, en esas circunstancias, advierte bien a tu cliente y si, a pesar de ello, insiste en seguir con su idea y tú te prestas a ello, será cuestiíon, simplemente, de cruzar los dedos.

Saludos

 

rosefr

Nuevo miembro
Gracias de nuevo Nando_bnc y Sandrita.

Ya, ese tema también lo comente con el cliente. La cuestión es que hay 3 trabajadores fijos, uno de relevo y dos temporales. Su argumento es que no quiere hacer a nadie fijo porque ha tenido malas experiencias.
Desde luego que le voy a recomendar que no contrate a esta persona de nuevo temporalmente, porque aquí las inspecciones son el pan de cada día.

Muchas gracias por vuestras respuestas.

Saludos
 
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