EJCUCION LABORAL JUZGADO DE LO MERCANTIL

praexedes

Miembro
Trabajador despedido por su empresa, presenta demanda y en el interin la empresa concurso de acreedores y se lo admiten con anterioridad a la celebración del juicio. Una vez celebrado este declaran la improcedencia del despido y como existe imposibilidad de readmisión tambien el juez declara la extincion del contrato de trabajo.
Ahora creo que el Juez de lo Mercantil es el competente para ejecutar la sentencia de cantidad resultate de la de despido y extincion, mis dudas son las siguietes:
a) ¿Para presentar demanda ante el Juzgado de lo Mercantil, necesito procurador?
b) ¿El escrito de demanda es diferente al que habria que intermponer en el Juzgado de lo Social,  Necesita alguna formlidad especial?
c) ¿Existe alguna forma de poder cobrar anticipadamente del fogasa y que porcentaje?

Gracias anticipadamente
 

elchuske

Miembro conocido
Te digo lo que yo he hecho sin que pueda haber otras alternativas. En su dia la empresa presento concurso, se lo admitieron, y se nombro un administrador concursal ( AC ) . La empresa presento una relación de acreedores y proveedores entre los que no te encontrabas ya que tenias una demanda en curso y no se sabia lo que pudieran deberte . Una vez que tienes una sentencia a tu favor y dice que es lo que te deben, tienes que ir al Juzgado de lo mercantil, que te informe que AC lo lleva y presentas escrito al AC junto con la sentencia para que te incluya en la relación de acreedores, pide que el crédito sea preferente , .
Y toca esperar mucho NO, lo siguiente.
En cuanto al Fogasa yo veo una pega, imagina que el Fogasa te paga y luego hay suficiente activo para pagarte por cuenta de la empresa . El liquidador no sabe nada del Fogasa y el Fogasa presupone que algo o todo te van a pagar, o nada, ya veremos. Por lo tanto imagino que el Fogasa no pagara sin antes saber que es lo que te van a liquidar .  Pero inténtalo y nos cuentas .
Puedes personarte en el concurso si es tu deseo ( personarte no es demandar ) y entonces necesitaras abogado y procurador. A nosotros el abogado nos cuesta como 180 euros ( no hace nada ) y el procurador entre 200 y 300, depende de la cantidad . En tu caso yo no me personaria pero puedes hacerlo por si en algún momento te interesa saber en que momento esta la liquidación.
Yo creo que demandar a una empresa que esta en concurso y que te va a reconocer las deudas es una perdida de tiempo y ni creo que te lo admitan .
 

FERNANDO

Miembro conocido
1.- No has de presentar demanda alguna, simplemente has de comunicar al administrador concursal la existencia de la deuda

2.- El FOGASA paga una vez esté incluida la deuda en la masa de concurso, o bien en la lista de acreedores.  Luego, el FOGASA se subroga en los derechos de lo trabajadores.
 
Arriba