Ejecución provisional despido nulo. No readmisión

MTG

Nuevo miembro
Buenas tardes a todos, en resolución de auto dictado por el juez, éste declara la reincorporación inmediata o el pago del salario diario que venía percibiendo. Ahora bien, si optamos por el pago del salario sin que acuda a trabajar, entendemos que hay que darle de alta hasta sentencia firme y el trabajador suspende las prestaciones del inem. Es correcto? muchas gracias por vuestra ayuda.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Así es; consignas la condena, le das de alta en seguridad social, y cotizas por el trabajador, aunque hayas optado por que no trabaje. La prestación quedaría suspendida, hasta el momento en que haya sentencia firme. Si la misma es confirmatoria, pues nada, dar de alta al trabajador desde el momento del despido, pagar al INEM lo percibido por el trabajador, descontándolo de los salarios de trámite a pagarle, y, por último, cotizar por dicho lapso de tiempo.
 
Arriba